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A continuación se exploran algunas de las relaciones, actuales y futuras, de la inteligencia artificial y el arbitraje internacional.

El futuro es ahora

La inteligencia artificial (IA) ya es una realidad. No en la forma de apocalípticas máquinas asesinas, a las que nos ha acostumbrado Hollywood, sino en la realización por robots de actividades antes consideradas propias de la inteligencia humana[1], como predecir comportamientos o analizar información.

En el arbitraje internacional, la IA ya ha irrumpido de una manera incipiente, aunque positiva, con el ánimo de aligerar las cargas y complementar el trabajo de los diferentes actores en el escenario arbitral.

Es el caso de los programas orientados a procesar cantidades importantes de información, las cuales permiten acceder a datos que pueden resultar determinantes para efectos de la estrategia del caso[2]. Así, podría consultarse todo tipo de variables y estadísticas asociadas a los arbitrajes en materia de construcción, petróleo y gas, entre otros, lo cual le daría herramientas a los abogados para decidir cómo enfocar su caso, al tiempo que les permite a los clientes determinar si vale la pena llevar la disputa a arbitraje o si es mejor llegar a un acuerdo de transacción. Incluso, estas herramientas de análisis y procesamiento de información pueden resultar de extrema utilidad para efectos académicos o para otros actores del proceso arbitral, como los terceros financiadores.

Esta tecnología es similar a otras que se han desarrollado de predicción legal. Jurimetría, la herramienta de predicción legal de Wolters Kluwer, permite conocer, con base en el análisis de millones de resoluciones judiciales, la probabilidad de éxito de un recurso planteado ante los tribunales españoles. Es cuestión de tiempo que esta herramienta tecnológica sea ajustada para realizar labores predictivas en el mundo arbitral.

Ahora, los desarrollos tecnológicos también han incursionado en la siempre espinosa tarea de la selección de árbitros. Es el caso de Arbitrator Intelligence, que pretende que el nombramiento de los árbitros pase de ser algo intuitivo y basado en referencias personales a una decisión fundamentada en datos concretos. Así, a través de cuestionarios diligenciados por las partes, los abogados in-house y las firmas que las representan, se pretende contar con muy variada, pero precisa, información sobre los árbitros. Estos datos pueden ser de suma utilidad a la hora de designar a un determinado árbitro para dirimir una disputa o, incluso, para analizar cuál ha sido su posición en cuanto a, por ejemplo, la producción de documentos[3].

El manejo de los casos también ha sido ampliamente beneficiado por la inteligencia artificial. La tecnología desarrollada para procesar y analizar documentación puede ser una gran ventaja para la revisión de información durante el discovery o producción de documentos, al paso que permite una manera más interactiva y útil de llevar a cabo la audiencia.

Lo que nos depara

Sin duda la resolución de disputas por robots es uno de los temas que más inquieta. Ya existen sistemas que pretenden brindar soluciones a litigios, como es el caso del robot Siarelis, implementado por la Superintendencia de Sociedades de Colombia[4] para la resolución de conflictos societarios. Este sistema, según explica dicha entidad, “hace una serie de preguntas al juez y a su equipo sobre los hechos del caso por resolver y automáticamente les da su opinión. No sólo les dice si deberían o no acceder a las pretensiones del demandante, sino que además les muestra las sentencias más relevantes para casos similares en el pasado”[5].

Por lo pronto, este robot hace las veces de guía para el juez, pero no es descabellado pensar que en un futuro próximo lo desplace del todo y que lo mismo suceda con los árbitros internacionales. En todo caso, uno de los grandes obstáculos para que esto sea una realidad radica en que las decisiones que producen estos sistemas, aunque puedan ser correctas, no vienen motivadas. Es decir, el robot sencillamente, decide pero no explica las razones de su conclusión, en un lenguaje que pueda resultar comprensible[6], lo cual es inaceptable en prácticamente todos los sistemas judiciales.

Esto se debe a que las personas necesitan saber las razones por las cuales su caso fue decidido en uno u otro sentido, sobre todo si fue desfavorable, pues solo así podrá controvertir dicha decisión, si a eso hubiere lugar.

Otra barrera para que los árbitros-robot sean una realidad es que, en principio, las máquinas no tienen sentimientos, empatía, ni una noción de justicia que vaya más allá de los datos y los precedentes procesados. Esto puede llevar a que tengamos decisiones acertadas pero injustas.

Y es que no podemos olvidar que la justicia no es un simple algoritmo, es una verdadera virtud humana[7], cuyo ejercicio requiere de un análisis complejo, no solo de los hechos y la aplicación de la ley, sino de todas las situaciones y circunstancias que rodean un caso concreto, para lograr un equilibrio en la sociedad. Así, por lo pronto, luce remoto que un robot pueda ejercer semejante virtud, pudiendo desbancar por completo al ser humano en la resolución de una disputa.

Sin perjuicio de que más adelante la IA nos sustituya, mal haríamos ahora en menospreciar las ventajas y facilidades que esta tecnología ofrece, sobre todo porque los desarrollos descritos tienen como efecto revestir al arbitraje internacional de mayor eficiencia y transparencia, lo que, sin duda, es más que bienvenido.

[1]Conforme a la definición del Diccionario de la Real Academia Española, la IA es entendida como aquellos programas informáticos que ejecutan operaciones comparables a las que realiza la mente humana, como el aprendizaje o el razonamiento lógico. Sobre la definición del concepto de IA ver: “Artificial Intelligence”, Standford Enciclopedia of Philosophy. Disponible en https://plato.stanford.edu/entries/artificial-intelligence/#Bib (11 de enero de 2019); y, Rationality and Intelligence. Stuart Russell. University of California, Computer Science Division. 1997. Disponible en https://people.eecs.berkeley.edu/~russell/papers/aij-cnt.pdf (11 de enero de 2019).

[2] Es el caso de Dispute Resolution Data, la cual fue reconocida por Global Arbitration Review como la “Mejor innovación por un individuo u organización en materia de arbitraje” (Best innovation by an individual or organization to the field of arbitration). Disponible en http://datadog.nationbuilder.com/drd_wins_gar.

[3] Arbitrator Intelligence: From Intuition to Data in Arbitrator Appointments. Catherine A. Rogers. New York Dispute Resolution Lawyer. Volume 11 No.2 – 2018. Disponible en https://papers.ssrn.com/sol3/papers.cfm?abstract_id=3113800 (11 de enero de 2019).

[4] En Colombia, la Superintendencia de Sociedades es una autoridad administrativa con funciones jurisdiccionales para la resolución de conflictos societarios.

[5] “Supersociedades, el primer juzgado de América Latina en contar con un robot asistente”, Superintendencia de Sociedades. Disponible en https://www.supersociedades.gov.co/Noticias/Paginas/2018/Supersociedades-el-primer-juzgado-de-Am%C3%A9rica-Latina-en-contar-con-un-robot-asistente.aspx. (11 de enero de 2019).

[6] Panorama actual y futuro de la inteligencia artificial en el arbitraje internacional: implementaciones, obstáculos y consideraciones jurídicas. Édgar E. Méndez Zamora. En Revista Costarricense de Derecho Internacional. Núm 1 – 2018.

[7] Ética Nicomáquea, Aristóteles.

Alberto Acevedo Rehbein, socio del departamento de Litigación y Arbitraje de Garrigues en Colombia.

Fuente: Garrigues Abogados

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