Togas.biz

La Agencia Tributaria ha desarrollado el “Asistente Virtual SII” con el objetivo de ofrecer una respuesta inmediata a las dudas relacionadas con el Suministro Inmediato de Información del IVA (SII).

En un comunicado de prensa, Hacienda ha informado “si esta herramienta de atención automática no puede solventar la consulta podrá enviarla a través de un formulario por correo electrónico. La cuestión será objeto de análisis por un experto, dando respuesta al usuario concreto e incorporando al Asistente la solución para futuras interacciones”.

Este nuevo servicio, permite imprimir o guardar en formato pdf las conversaciones mantenidas con el Asistente, si el usuario indica que le ha sido útil.

La información facilitada por el Asistente es objeto de continua mejora y actualización teniendo en cuenta la opinión de los usuarios.

¿Qué es el SII?

El sistema de Suministro Inmediato de la Información (SII), es el nuevo modelo desarrollado por la Agencia Tributaria (AEAT) para la presentación electrónica de los libros registro del IVA. Se trata de presentar por vía telemática los datos o registros que contienen las facturas y que se han de incluir en los libros del IVA, a través de ficheros XML con un formato determinado. Este sistema de Suministro Inmediato de la Información, permite a la administración analizar de forma inmediata la información relativa al Impuesto sobre el Valor Añadido.

¿Qué empresas deben presentar el registro del IVA a través del SII?

Según el Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del Impuesto sobre el Valor Añadido, las empresas con estas características deben adaptarse al nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información (SII):

  • Empresas inscritas en el REDEME (Registro de Devolución Mensual del IVA) deberá adaptarse al nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información (SII).
  • Grandes empresas, con una facturación superior a seis millones de euros.
  • Grupos de IVA.

Beneficios de la implementación del SII

De acuerdo a la información suministrada por la Agencia Tributaria, vía nota de prensa, se ha dado a conocer que con la puesta en marcha del Suministro Inmediato de la Información “se han acelerado ya las devoluciones de IVA a los contribuyentes acogidos que no han presentado incidencias. A su vez, se ha remitido una carta informativa a los contribuyentes del censo que no han incorporado la información requerida a través del SII, o lo han hecho de manera muy insuficiente. Estas actuaciones por el momento no suponen el inicio de ningún procedimiento sancionador, a la espera de que se concrete la modificación reglamentaria que recogerá el procedimiento aplicable a los incumplimientos del SII.”

De igual forma Hacienda ha informado que “en estos momentos, los contribuyentes incluidos en el SII ya pueden chequear en la web de la Agencia si sus facturas coinciden con lo declarado por clientes y proveedores, y antes de final de año también podrán revisar si les falta por informar sobre operaciones de las que sí han informado esos clientes y proveedores”.

En caso de cumplir con el SII o tenga dudas sobre este proceso, en nuestro despacho de Abogados Fiscalistas, estamos para atenderte y aclarar todas tus dudas.

Gerali Rodríguez

Fuente: Viola Pérez Abogados Fiscalistas

Source