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La CNMC ha sancionado a Loomis Spain (Loomis), Prosegur Compañía de Seguridad y su filial Prosegur Servicios de Efectivo España (Prosegur), un directivo de Prosegur y un directivo de Loomis por prácticas anticompetitivas en el mercado de transporte y manipulación de fondos.

En la resolución de 16 de noviembre de 2016 en el expediente S/DC/0555/15, PROSEGUR-LOOMIS, el Consejo de la CNMC considera probado que Prosegur y Loomis intercambiaron información comercial sensible y llegaron a una serie de acuerdos con el objeto de repartirse el mercado entre los años 2008 y 2015. En particular, la CNMC constata que las empresas acordaron preservar su posición relativa en el mercado mediante el reparto de los servicios de clientes estratégicos y mediante el uso, que la CNMC consideraba abusivo e injustificado, de la figura de la subcontratación.

El expediente tuvo su origen en una denuncia anónima por la que se ponía en conocimiento de la CNMC la posible existencia de prácticas colusorias en el marco de dos concursos para la recogida, transporte y custodia de fondos, efectos de franqueo y filatélicos del Grupo Correos en noviembre de 2014. En base a esta denuncia anónima la CNMC realizó inspecciones domiciliarias en las sedes de las dos empresas, incoó un expediente sancionador y, tras corroborar la existencia de infracción, la CNMC ha decidido sancionar a Prosegur y a Loomis con multas de 39,4 y 7 millones de euros, respectivamente.

Asimismo, debe destacarse que la CNMC ha decidido imponer una multa de 36.000 euros a un directivo de Prosegur y de 16.600 euros a un directivo de Loomis, las dos sanciones más elevadas impuestas por la CNMC a directivos desde su creación.

En su plan de actuación para el ejercicio 2016, la CNMC avisó de su intención de impulsar el uso de los instrumentos disponibles para luchar contra los cárteles mediante el uso de las sanciones a personas físicas de hasta 60,000 € y la prohibición de contratar con el Estado para las empresas sancionadas. Con este caso, la CNMC ha hecho uso de esta facultad en tres ocasiones y ya lleva sancionados a quince directivos de empresas (lo cual es significativo si se tiene en cuenta que las anteriores autoridades españolas de competencia sancionaron a tan solo diecinueve directivos entre 1989 y 2013).

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Fuente: Cuatrecasas, Gonçalves Pereira

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