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La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha publicado en su página web su ‘Comunicado acerca de los criterios de notificación de operaciones con acciones propias cuando el emisor tiene formalizados equity swaps o instrumentos financieros similares’, con fecha de 22 de mayo de 2020.

En dicho comunicado, la CNMV señala que la obligación de notificar las operaciones con acciones propias afecta exclusivamente a la operativa que el emisor, directa o indirectamente o por persona interpuesta, realice con acciones, no extendiéndose, en principio, a la operativa que realice con otros instrumentos financieros que la sociedad pueda contratar y cuyo subyacente sean acciones propias. Todo ello sin perjuicio de que, en determinados supuestos, las operaciones que realice la contraparte del instrumento financiero puedan ser consideradas como autocartera si dicha contraparte es una persona interpuesta. Determinar si la contraparte actúa como persona interpuesta será una cuestión de juicio a resolver caso por caso, a cuyos efectos el comunicado incluye una serie de factores, indicativos y no limitativos, que los emisores deberán tener en cuenta.

No obstante lo anterior, la CNMV considera recomendable que, aunque no se haya considerado a la contraparte como persona interpuesta y salvo en aquellos supuestos en que el instrumento financiero se considere poco significativo por su cuantía, se informe públicamente de la operación mediante una comunicación de otra información relevante o, en su caso, de información privilegiada.

Finalmente, se recuerda que, en función de su materialidad, es preceptivo que la sociedad informe con detalle suficiente de estos instrumentos financieros y sobre su impacto económico y financiero tanto en las cuentas anuales como en la información pública periódica semestral, pudiendo incluirse, asimismo, información equivalente en el informe anual de gobierno corporativo.

Fuente: Garrigues Abogados

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