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A principios de mayo se celebró en Bilbao el XIV Consejo Nacional de Procuradores de España. El Ministro de Justicia en funciones anunció una serie de medidas entre las que destaca la reforma de las subastas judiciales electrónicas, introducidas en la Ley de Enjuiciamiento Civil mediante la Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil.

La principal medida anunciada es que las subastas judiciales acabarán a las 18 h en días laborables, a diferencia de la regulación actualmente vigente, donde finalizan a las 24 h pudiendo terminar en día festivo.

Con esta reforma se pretende poner coto a la práctica de realizar pujas en las subastas en horario extralaboral o a horas intempestivas, incluyendo festivos, con el objetivo de que dicha postura no pudiera ser superada por los acreedores en los procesos ejecutivos al tener un conocimiento tardío de la misma. Esto obliga a dichos acreedores a tener trabajadores de guardia o vigilia conectados las 24 horas al Portal de subastas del BOE para notificarles estas ofertas y poder contraofertar.

La implementación de esta modificación permitirá a los demandantes de los diferentes tipos de procedimientos ejecutivos (generalmente entidades financieras) tener un mayor control de las subastas donde sean parte y poder realizar las posturas en condiciones de igualdad con el resto de postores que concurran a las mismas, pues debemos recordar que hasta ahora dichos ejecutantes no pueden presentar puja en la subasta hasta que haya un primer postor.

Enrique García Soler

Artículo publicado en Legaltoday