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Tal y como estaba previsto y os contamos en nuestra última entrada, los pasados 5 y 6 de noviembre se reunieron los Magistrados del Alto Tribunal para deliberar sobre si, finalmente, serían los clientes quienes debieran o no pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados al formalizar una compraventa con préstamo hipotecario, o si por el contrario, debían de pagarlo las entidades bancarias.

Finalmente, por 15 votos a favor y 13 en contra, el Tribunal Supremo anunció que serían los clientes quienes deberían hacer frente a estos gestos, sin mediar aún explicación sobre dicha decisión, que vera la luz en forma de sentencia en los próximos días.

¿Y ahora qué?

Para paliar los efectos negativos que ha generado esta decisión y la inseguridad jurídica que ha aportado a los ciudadanos el continuado cambio de criterio del Tribunal, el Gobierno ha aprobado este pasado 8 de noviembre de 2018 un Real Decreto Ley que modifica la normativa anterior, determinando que a partir de ahora, será la banca quien pagará este impuesto, salvaguardando los intereses de los prestatarios.

Por lo tanto, con la entrada en vigor de esta modificación normativa el 9 de noviembre de 2018, el Ejecutivo proporciona una solución para las nuevas hipotecas, obligando a pagar a los bancos por su formalización, pero quedan sin resarcimiento innumerables impuestos pagados por los ciudadanos con anterioridad a esta modificación y que, según el escenario que se plantea ahora mismo, seguramente no podrán recuperarse en un tiempo próximo.

La recomendación del equipo de Ibisum Law es actuar con cautela; las situaciones de inseguridad jurídica son difíciles de sobrellevar porque los clientes reciben información a través de muchos canales que puede llegar a resultar desordenada y por lo tanto confusa. Lo primordial es dejar que la decisión del tribunal se asiente y ver cómo se recibe la modificación normativa del Gobierno, a la espera de cualquier signo —quizá de un órgano supranacional como en otras ocasiones— que pueda resultar beneficioso a favor de los consumidores y entonces decidir con la ayuda profesional correspondiente, si reclamar o no.