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El anteproyecto de ley de comercio, servicios y ferias de Cataluña, actualmente en tramitación, incorpora algunas modificaciones significativas a la normativa de comercio de Cataluña. Entre otras novedades, el anteproyecto aumenta las horas de apertura semanales de los comercios catalanes y fija un nuevo horario de apertura de los mismos. Sin embargo, de entre todas las modificaciones, destacamos la prohibición de comercializar productos y servicios a domicilio (o telefónicamente) sin el consentimiento de los consumidores.

En este sentido, el nuevo texto legal catalán introduce una prohibición de ofertar o vender artículos a domicilio (concepto que abarcará tanto las visitas a domicilios, las llamadas telefónicas e incluso los mensajes de teléfono) si el comerciante no ha obtenido una solicitud o autorización previa por parte del consumidor. Es particular, se prohíben las ventas a domicilios privados mediante visitas no solicitadas previamente (o aceptadas) por sus titulares o residentes.

Así, con el nuevo texto, los vendedores o proveedores que ejerzan esta práctica estarán obligados a acreditar documentalmente la aceptación o autorización previa del consumidor. Con ello, se trata de regular una práctica cada vez más frecuente en este ámbito.

Las multas por incumplir esta ley oscilarían entre los 20.000 euros para infracciones leves y los 600.000 en caso de infracciones muy graves. Si bien, en relación con la prohibición de ofertar o vender artículos a domicilio, el Gobierno catalán ha aclarado que la propia norma contemplará un apercibimiento inicial que se dirigirá a todos aquellos sujetos que no respeten esta reglamentación, y que en caso de que se produzca una ulterior violación de la prohibición, el apercibimiento será seguido por la imposición de una sanción.

Recordamos que todo lo anterior se contempla en un anteproyecto de ley y que, por consiguiente, debe superar aún el trámite parlamentario. A través del blog, haremos un seguimiento de las novedades que puedan surgir al respecto.

Cláudia Ros

Fuente: Cuatrecasas, Gonçalves Pereira

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