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Los servicios de la asesoría jurídico-mercantil cada vez son más demandados a la hora de constituir una empresa. Son tantas las dudas relativas al papeleo y los plazos que nos asaltan que la mejor opción para resolverlas es recurrir al apoyo de una asesoría laboral.

Una vez en la asesoría, está claro que nosotros ya traeremos una idea más o menos definida de lo que pretendemos para el negocio. No obstante, los asesores laborales pueden ayudarnos a plasmar mejor nuestros objetivos en lo que se conoce como un plan de negocio. Se trata de un documento en el que se explican mercados potenciales, metas y previsiones de gastos e ingresos, entre otros factores. Su finalidad es que la idea emprendedora pueda presentarse de una manera atractiva a inversores y clientes. Además, los asesores laborales nos aconsejarán respecto a la tramitación y legalización de los documentos necesarios para poner en marcha el negocio, así como en relación a los plazos que afectan a la presentación de este papeleo.

También, en función de sus pros y contras, nos recomendarán distintas alternativas asociadas a la forma legal que haya de adoptar nuestra naciente empresa. Asimismo, nos facilitarán presupuestos y una descripción exhaustiva de las condiciones de sus servicios. Por ejemplo, una Sociedad Limitada puede constituirse telemáticamente en el plazo de 48 horas y un alta en autónomos se puede gestionar, de la misma manera, en solo una hora.

Por lo que respecta al caso práctico del alta como autónomo, hemos de distinguir la realización de trámites fiscales y laborales. Por lo que respecta a los primeros, debe formalizarse antes del inicio de la actividad la Declaración Censal, es decir, un resumen del estado tributario del emprendedor. Conlleva la presentación, presencial o telemática, del modelo 036 o 037 (simplificado). Aparte, has de darte de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) durante el primer mes de actividad. En este aspecto, es fundamental que marques tantos epígrafes como tipos de actividad tengas previsto llevar a cabo y que presentes el modelo 840.

Los trámites laborales tienen que ver con la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social. Comprenden el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, mediante la aportación del modelo TA. 521 cumplimentado y las fotocopias de IAE y DNI.

Otros trámites que también se contemplan son la concesión de la Licencia de Apertura por parte del ayuntamiento, en caso de que dispongas de sede física, y las altas de los trabajadores en la Seguridad Social, si vas a contratar trabajadores.

Como ves, el tiempo para fundar la empresa es breve, para su correcto funcionamiento ya depende de la dimensión de la actividad, ¿por qué no preguntas a los asesores laborales para asegurarte de todos los detalles?