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La integración de lagunas que permite la Seguridad Social es una ayuda para quienes tengan periodos no cotizados en su vida laboral, con el fin de que ese hecho no perjudique demasiado la cuantía de su pensión de jubilación o al beneficiarse de una prestación por incapacidad permanente. En este artículo te explicamos en qué consiste, cómo se realiza y qué ventajas conlleva.

Asimismo, te aclaramos si, en la normativa de la integración de lagunas los autónomos son están incluidos o no.

Y te informamos de los límites de este mecanismo en cuanto a tiempo máximo no cotizado, y cómo computa en caso de que se exceda dicho tope.

Cálculo de la pensión de jubilación

Después atenderemos a la integración de lagunas en la incapacidad permanente, pero comencemos por la jubilación para entender mejor el alcance del concepto. Para calcular la pensión de jubilación hay que tomar como referencia, en 2021, las bases de cotización de un periodo ininterrumpido de 24 años hacia atrás (288 meses en total) desde el hecho causante. Tras descargar el informe de tus bases, lo que puedes hacer clicando aquí, ten en cuenta que el llamado ‘hecho causante’ es, o bien el cese en el trabajo, o la fecha en que has solicitado la jubilación (si han pasado más de tres meses desde que dejaste tu actividad laboral).

Una vez completado este paso, después has de actualizar algunas de las bases con el IPC actual. Concretamente, desde el mes número 25 y hasta el último de la etapa, es decir, hasta el 288 incluido. Y, a continuación, sumar las bases de cotización de todos esos meses.

El resultado obtenido debes dividirlo entre 336 (cifra válida para 2021). Y ahí tendrás la base reguladora para tu jubilación, a la que hay después que aplicar un porcentaje según tu carrera de cotización -solo será el 100% si has cotizado al menos 36 años- para saber cuánto cobrarás al jubilarte, restando aparte el IRPF. Una persona que, por ejemplo, ha cotizado 15 años en su trayectoria profesional, solamente podrá percibir el 50% de la base reguladora hallada. Tienes a tu disposición los tantos por ciento válidos en cada caso en este otro artículo.

La integración de lagunas de la Seguridad Social

Pero, ¿qué ocurre si en algunos de esos 288 meses del periodo de referencia hemos cotizado 0€? En ese supuesto, y en términos más técnicos, cuando ‘no ha existido obligación de cotizar’, podemos utilizar el sistema de integración de lagunas. Gracias a él, los meses en blanco se pueden “rellenar” con la base mínima de cotización para un trabajador de 18 años. Más específicamente, con la mínima que estuviera vigente en cada uno de los meses en los que se hace la integración.

En la actualidad, la cifra que se utilizaría para la integración de lagunas sería de 1.050 €. En consecuencia, aunque no hayas cotizado en un mes concreto en 2021, y a efectos de calcular la base reguladora de tu pensión, figurará que has cotizado durante esos 30 días 1.050 €.


Excepción: Los meses en los que únicamente cotizaste durante una parte del mes, podrás integrar lagunas en el conjunto de días no cotizados, proporcionalmente. Pero siempre que el tiempo sí cotizado ese mes no alcance la cuantía de la base mínima que hemos señalado.

Límite de 48 meses

Este proceso de integración tiene unas peculiaridades. Se pueden integrar al 100% (con esa base mínima de un trabajador de 18 años) únicamente 48 meses escogidos. Si tenemos más meses vacíos de cotización, se integrarán al 50%. En este sentido, no se introducen los 1.050 € mencionados, sino 525 €.

Integración de lagunas: Autónomos

Toda esta regulación no afecta, lamentablemente, a los autónomos. Estos están excluidos de poder disfrutar de las ventajas que aporta la integración de lagunas. En esta línea, si un autónomo tiene meses sin cotización, no puede completarlos ni siquiera con la base mínima.

Incumplimiento del empresario

No se considera laguna, y por lo tanto no se puede reemplazar por la base mínima, los meses en los que la empresa haya incumplido su deber de cotizar por el trabajador.

Integración de lagunas en la Incapacidad Permanente

El procedimiento de integración de lagunas no solo está enfocado a la jubilación, sino también a las pensiones de incapacidad, pero solo si derivan de enfermedad común (con la excepción que exponemos en el siguiente punto: ‘Accidente no laboral’). Por tanto, con el objetivo de obtener la base reguladora de una incapacidad, -y si la contingencia es enfermedad común- también se pueden sustituir los meses en blanco por el 100% (o el 50%, según proceda) de la base mínima de un empleado de 18 años. Con la salvedad de la indemnización en la incapacidad parcial, ya que aquí la base reguladora es la de la baja médica.


¡Atención! Para el cálculo de una incapacidad temporal -o baja médica- no se puede usar la fórmula de la integración de lagunas. Esta se destina solo a la jubilación y a la incapacidad permanente.

Accidente no laboral

Si la contingencia es accidente no laboral y la persona no está de alta ni asilmilada en la Seguridad Social, también se podrá hacer uso de la integración de lagunas si la incapacidad es absoluta (o de gran invalidez, ya que la base reguladora se calcula de igual forma pese a que en esta última se añade un complemento adicional).

Las lagunas con trabajo a tiempo parcial

Para la integración de las lagunas de cotización en las pensiones de jubilación y de incapacidad permanente derivada de enfermadad común, si estamos ante un trabajador que ha cotizado a jornada parcial, las cosas cambian. Porque en los espacios de tiempo siguientes a finalizar dicha actividad a tiempo parcial, en los cuales no haya cotizado (y hasta llegar a la siguiente cotización), se pueden integrar lagunas. Pero los vacíos no se colman con la base mínima de un trabajador de 18 años, sino que esa cifra se reduce conforme al número de horas contratadas en la fecha en que se interrumpió o se extinguió la obligación de cotizar en el contrato parcial inmediatamente anterior.


Por ejemplo, si un administrativo ejerció con una jornada del 75% del tiempo respecto a un contrato a jornada completa, trabajando seis horas diarias, y después hubo seis meses en los que no trabajó -hasta que después comenzó a hacerlo a tiempo completo en otra empresa- podrá aplicarse el 75% de la base de 1.050 € (en 2021) al implementar la integración de lagunas en cada uno de los meses de ese semestre.

Quizá ahora estés pensando que esto es discriminatorio. Pues bien, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ya analizó esta cuestión, señalando finalmente que dicha forma de integrar las lagunas de cotización no puede calificarse de medida discriminatoria, ni directa ni indirectamente.

Si tu condición es de fijo discontinuo

En ningún caso se considerarán lagunas de cotización los días no trabajados por las interrupciones propias que caracterizan este tipo de contrato fijo discontinuo.

Integración de lagunas para empleados del hogar

Se dictaron unas reglas para los empleados del hogar que se iban a extender hasta 2018. Después el fin de estas se marcó para 2020. Sin embargo, se han pospuesto otros dos años más, y siguen estando vigentes. Hablamos, en resumen, de que esta clase de trabajadores no pueden aplicar aún la integración de lagunas en el cálculo de su prestación de incapacidad permanente -o de jubilación- si en el momento del hecho causante de la pensión están adscritos al Régimen Especial de Empleados de Hogar (REEH). En su lugar, se tienen en cuenta exclusivamente los periodos efectivamente cotizados.

Conclusión

La integración de lagunas no está destinada a los autónomos ni a los empleados del hogar. Tampoco a los trabajadores por cuenta ajena agrarios, si te lo preguntabas. Pero si estás afiliado al Régimen General, este mecanismo te ayuda a que no se reduzca demasiado la base reguladora para tu jubilación o incapacidad si ha habido épocas en las que no has cotizado. Incluso si has trabajado a jornada parcial. ¿Un agravio comparativo? Quizá. Esperemos que la integración de lagunas de la Seguridad Social, que permite convertir una base de cotización de 0 € en otra de hasta 1.050 €, llegue a ser una realidad para todos.