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Sentencia del Tribunal General de la Unión Europea, que rechaza la marca “MARRY ME” (“CÁSATE CONMIGO”), para bienes y servicios relacionados con “citas on line”.

La empresa Marry Me Group solicitó el registro de la Marca UE “MARRY ME” (“CÁSATE CONMIGO”), ante la EUIPO para:

  • Software comunitario, software para móviles, aplicaciones de software para conexión por Internet. Clase 9
  • Servicios de comunicación para relaciones sociales. Clase 38
  • Servicios de citas a través de conexiones sociales. Clase 45

Los bienes y servicios, para los que se solicitaba la Marca “Marry Me” nada decían sobre matrimonio. Sin embargo, la EUIPO rechazó el registro, por falta de carácter distintivo de la marca. Consideró que el signo designaba (equivalía) al objeto de los bienes y servicios, para los que se pedía la marca.

Era una marca descriptiva de tales bienes y servicios y, por tanto, no se podía registrar.

El solicitante de la Marca recurrió ante el Tribunal General de la Unión Europea TGUE, que emitió Sentencia en Febrero de este año.

¿LIGAR ON-LINE IMPLICA CASARSE?

El Tribunal General ha tenido que resolver si el público relevante entendería que hay una asociación directa entre el signo a registrar como marca (“Cásate Conmigo”) y los bienes y servicios que se ofrecían (citas “on-line”).

El Tribunal parte de la base de que las palabras de la Marca, en inglés, serían entendidas por el público como una propuesta de matrimonio.

SIGNO DESCRIPTIVO DE ALGÚN BIEN O SERVICIO, QUE PUEDE CONFUNDIR SOBRE OTROS BIENES O SERVICIOS

Si un signo es descriptivo de alguno de los bienes o servicios de la Clase donde se quiere registrar, no puede registrarse como marca, para ningún bien o servicio de esa Clase. Caso contrario, podrían producirse confusiones.

Las palabras “Marry Me” serían entendidas, al menos por los consumidores europeos que hablen inglés, como descriptivas del destino y naturaleza de los bienes y servicios. Los destinatarios serían los que desean conectar con otras personas, buscando una relación seria y el matrimonio.

El Tribunal aplica estos principios generales a las tres clases solicitadas.

Bienes de la Clase 9. Software para conectar en Internet

El público relevante entendería que el signo hace referencia a software y apps, para quienes desean conectar con otras personas, para conocer un posible candidato a casarse. El público establecería una conexión entre la marca y las citas on-line.

Por tanto, “MARRY ME” es descriptivo de estos bienes y no se puede registrar en Clase 9.

Servicios de la Clase 38. Servicios de conversación para relaciones sociales

Hay una conexión directa entre las palabras “MARRY ME” y los servicios, para los que se quería registrar la Marca.

No importa si estos servicios (lugar para chatear y conectar con otras personas) no sean sólo servicios para encontrar pareja. Los servicios para contactar y comunicar con otras personas pueden usarse para buscar esposo y discutir sobre relaciones y matrimonio.

Por tanto, “MARRY ME” es descriptivo de esos servicios; no puede registrarse en Clase 38.

Servicios de la Clase 45. Servicios para citas a través de conexiones sociales

“MARRY ME” describe la naturaleza y el objeto de los servicios: conectar a gente que quiere casarse, aunque los servicios no sean una “agencia matrimonial”. Es irrelevante que los servicios sólo sean un primer paso. El signo describe el propósito del servicio: conectar a personas que quieran casarse.

Por tanto “MARRY ME” describe estos servicios y no puede registrarse en Clase 45.

Santiago Nadal