Togas.biz

Desgraciadamente la Administración nos tiene muy acostumbrados a resoluciones estereotipadas y que no entran a valorar el fondo del asunto. Se limitan a mencionar que no se reúnen los requisitos legalmente establecidos, y, a lo sumo, indican un artículo de la legislación vigente para proceder a denegar la solicitud de los administrados.

Es importante no olvidar que, tal y como la jurisprudencia señala, la motivación de los actos administrativos es una garantía de que la decisión administrativa no se toma arbitrariamente sino fundada y razonadamente. Y, al propio tiempo, es el medio de que los demás interesados puedan combatir esa fundamentación cuando haya discurrido fuera de los márgenes legales y jurídicos.

Ello determina que admitir una motivación implícita equivale a dar un cheque en blanco a la Administración. En un Estado de Derecho como el nuestro es importante que los poderes públicos no actúen fuera de los márgenes legalmente establecidos y un modo de poder valorar su actuación es, justamente, a través de la motivación de sus actos.

Victoria Viñamata

Fuente: Antonio Segura Abogados & Gestores

Source