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El pasado 22 de mayo, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) aprobó la Recomendación del Consejo sobre Inteligencia Artificial. Si bien las recomendaciones de la OCDE no tienen carácter vinculante, son especialmente relevantes en el Derecho Internacional e incluso en el Derecho nacional, pues ayudan a los legisladores a orientar cómo desarrollar sus propias normativas al respecto.

El objeto principal de la Recomendación es el establecimiento de los siguientes Principios sobre Inteligencia Artificial, que deberán guiar el desarrollo e implementación de esta tecnología:

  • La Inteligencia Artificial debe estar encaminada al impulso del crecimiento inclusivo, el desarrollo sostenible y el bienestar de las personas y del planeta.
  • Los sistemas de Inteligencia Artificial deben respetar el Estado de Derecho, los derechos humanos, valores democráticos y deben prever mecanismos que permitan garantizar una sociedad justa y equitativa.
  • Los sistemas de Inteligencia Artificial deben ser transparentes y claros, de manera que permitan a sus usuarios entender su funcionamiento y resultados.
  • Los sistemas de Inteligencia Artificial deben ser robustos, seguros y deben estar protegidos en todo momento. Para ello, deberán llevarse a cabo análisis de riesgos de forma periódica.
  • Los desarrolladores de los sistemas de Inteligencia Artificial deben asumir la responsabilidad de su correcto funcionamiento de acuerdo con los mencionados principios.

Cabe destacar que estos principios siguen la línea marcada por las Directrices éticas sobre desarrollo de la Inteligencia Artificial de la Comisión Europea de las que ya hablamos en este blog el pasado mes de diciembre.

Según el comunicado de prensa de la propia OCDE, 42 países, entre los cuales se encuentra España, ya han adoptado los Principios, comprometiéndose así a seguir los estándares encaminados a lograr un sistema de Inteligencia Artificial robusto, seguro, equitativo y de confianza.

Esther Ballesteros Graduada