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La Audiencia Provincial de Madrid obliga al alcalde de O Grove a indemnizar al autor y a la editorial del libro por los daños provocados por el secuestro del libro Fariña.

En 2016 el Sr. Bea, exalcalde de O Grove, demandó al periodista Carretero y a su editorial Libros del KO por vulneración de su derecho al honor como consecuencia de la publicación del libro Fariña. El libro, que ha servido de base para el guion de la serie homónima de éxito internacional, relata la historia del narcotráfico en Galicia desde los años 80 y vincula al Sr. Bea de forma somera con la trama.

El Sr. Bea reclamó la cantidad de 500.000 euros en concepto de indemnización y solicitó como medida cautelar la retirada inmediata de los ejemplares del tráfico económico. Sorprendentemente, la juez de primera instancia de Collado Villalba ordenó el secuestro del libro, algo excepcional en nuestro ordenamiento jurídico. Además, el secuestro coincidió con el lanzamiento de la serie lo que provocó un enorme impacto mediático; el nombre del Sr. Bea, que se citaba de forma sucinta en el libro, se convirtió en auténtico protagonista con el consiguiente daño reputacional.

El auto de primera instancia fue revocado por la Audiencia Provincial de Madrid al concluir que las breves referencias al Sr. Bea están amparadas por el derecho a la información. La Audiencia consideró que la narración es fidedigna y objetiva, resultado de una diligente comprobación de lo realmente acaecido. Además, no utiliza expresiones específicamente injuriosas o degradantes que disten de las noticias divulgadas con profusión al tiempo de los hechos. Por ello, concluye que no se han traspasado los límites del derecho a la información.

Este tipo de supuestos puede estar también amparado por el artículo 20.1.b) de la Constitución Española, que reconoce expresamente el derecho a la “producción y creación literaria, artística, científica y técnica”. Al ponderar los derechos a la creación artística y el derecho al honor de las personas incluidas en las obras literarias, la jurisprudencia se ha decantado por dar prevalencia al derecho a la creación artística, al entender que “protege la creación de un universo de ficción que puede tomar datos de la realidad como puntos de referencia, sin que resulte posible acudir a criterios de veracidad o de instrumentalidad para limitar una labor creativa y, por lo tanto, subjetiva” (sentencia del Tribunal Constitucional ‘El jardín de Villa Valeria’). En este caso, el Tribunal Constitucional concluyó que el estricto juicio de veracidad no es aplicable a la libertad de creación, permitiéndose la exageración o el mal gusto en estos contextos.

Ahora, la Audiencia Provincial de Madrid ha resuelto la demanda de la editorial y de Carretero por los daños y perjuicios irrogados como consecuencia del secuestro de la publicación durante casi cuatro meses. El Sr. Bea tendrá que indemnizar a los demandados en las cantidades de 3.437,96 y 13.042,21 euros, respectivamente, por las pérdidas imputables a la medida cautelar acordada.

El Sr. Bea argumentó en su defensa que, en el fondo, había hecho publicidad gratuita al libro gracias al secuestro. La realidad es que Fariña se ha convertido en un best seller que ha vendido más de 120.000 ejemplares y el Sr. Bea no solo no ha reparado el daño a su honor, sino que se ha visto agravado.

Moraleja: antes de reclamar el secuestro de una publicación es necesario valorar con máxima cautela el llamado efecto Streisand (el impacto mediático del procedimiento judicial en medios) y la posible indemnización de daños en el supuesto de revocación.

Carolina Pina

Departamento de Propiedad Industrial e Intelectual