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Hasta ahora, cada Estado de la UE establecía por su cuenta la lista de Países considerados como ‘paraísos fiscales’. En España, la lista se promulgó mediante el Real Decreto 1080/1991, en el que se enumeran nada menos que 48 territorios, indicándose en el Real Decreto 116/2003, de 31 de enero, que se irían dando de baja aquellos con quienes se firmase un convenio para evitar la doble imposición.

Ahora, por primera vez, la Unión Europea ha elaborado su propia lista, que incluye los países que no cumplen con los estándares de transparencia fiscal, sus impuestos de sociedades están en mínimos considerados dañinos, o no se respetan los principios de la OCDE, para evitar la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios.

La lista incluye 17 jurisdicciones: Samoa Americana, Baréin, Barbados, Granada, Guam, Corea, Macao, islas Marshall, Mongolia, Namibia, Palau, Panamá, Santa Lucía, Samoa, Trinidad y Tobago, Túnez y Emiratos Árabes Unidos.

Fuera de la lista final han quedado países como Andorra, Suiza, Marruecos, Perú, Uruguay o Turquía, pero con la condición de aplicar una serie de reformas.

Precisamente Andorra, desde este primero de enero, deja de ser un paraíso fiscal, habiendo suprimido definitivamente las cuentas opacas, y comprometiéndose a mantener el intercambio de información fiscal con los demás países europeos.

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