Andrés y Miguel son fontaneros. Ambos son autónomos y saben que en los meses de verano su número de clientes desciende de manera notable, por lo que se plantean darse de baja de autónomo unos meses.
Este año Andrés ha decidido darse de baja como autónomo esos dos meses de verano, pensando que se ahorrará la cuota y que volverá a darse de alta cuando vuelva el trabajo.
Miguel, tras hacer números, cree que no le sale rentable darse de baja y ha decidido seguir pagando la cuota mensual.
¿Quién crees que habrá ahorrado más dinero al finalizar el verano?
Así como ciertos sectores como el turístico incrementan su actividad en la temporada estival, para algunos autónomos es complicado seguir facturando al mismo ritmo que el resto del año.
Lo habitual es que cuando llega el verano se hagan estas preguntas:
Según el canal de MAPFRE del 28/12/2018 darse de baja en autónomos no tiene por qué ser misión imposible siempre que estés bien asesorado y sepas qué pasos dar.
Pero debes sopesar con cuidado si realmente te beneficia darte de baja y volver a presentar el alta dos o tres meses después.
En el siguiente vídeo trataré sobre esta cuestión, y encontrarás toda la información ampliada en este artículo.
En nuestro canal de YouTube puedes acceder a cientos de videos para emprendedores, autónomos y pymes. Y entre ellos, uno en el que hacemos un breve resumen sobre las ventajas e inconvenientes de darse de baja unos meses.
Aquí tienes un video resumido de todo lo relacionado con el artículo de hoy, por si quieres visualizarlo.
¿Prefieres que te lo contemos con un audio? Pues aquí lo tienes…
El principal beneficio de darte de baja es que no tendrás que pagar durante unos meses el seguro de autónomo. En el mejor de los casos, si pagas la cuota habitual (286,15 euros en el año 2020), en dos meses ahorrarás 572,30 euros.
La cifra es claramente interesante si no prevés tener mayores ingresos durante unos meses.
Ten en cuenta que esto se cumplirá siempre que cotices por la base mínima, que ya incluye las contingencias comunes, las profesionales y el cese de actividad.
Además, al finalizar la actividad, ya no tendrás que preocuparte por recopilar tickets o llevar la contabilidad.
Pero no todo son beneficios.
Veamos los inconvenientes a los que tienes que enfrentarte cuando decides darte de baja…
Si no estás familiarizado con el proceso de altas y bajas, lo mejor es que acudas a un buen asesor que lo haga por ti. Tendrás la tranquilidad de que los procedimientos se han realizado correctamente y además te evitarás todo el papeleo.
Veamos el procedimiento…
Si quieres darte de baja de autónomo tendrás que realizar los siguientes pasos:
Presta especial atención a las fechas de tramitación para cumplir con los requisitos, o de lo contrario no conseguirás lo que pretendes.
En primer lugar has de darte de baja en Hacienda y con posterioridad darte de baja en la Seguridad Social.
Para la baja en Hacienda tienes que presentar el modelo 036 y tienes de plazo un mes desde la fecha de cese de actividad.
Si, por ejemplo, quieres darte de baja el 30 de junio, tendrías un mes natural para presentar la baja con dicha fecha. Tu plazo máximo sería el 30 de julio.
Para realizar este trámite tienes un plazo de solo 3 días naturales siguientes al cese de la actividad.
Siguiendo el ejemplo anterior, si quieres darte de baja el 30 de junio, solo tienes hasta el 3 de julio para presentarlo.
Para tramitar esta baja debes de utilizar el modelo TA0521. Esto lo puedes hacer de dos formas:
¡Pero atención! Dado que para la baja de autónomo te van a requerir el modelo 036 de baja en Hacienda, solo tienes tres días para realizar ambos trámites.
Aquellas bajas solicitadas en tiempo y forma surten efecto desde el día del cese de actividad.
Pero claro, no siempre disponemos del tiempo u ocurren circunstancias extraordinarias que nos impiden cumplir con ese margen tan pequeño.
Las principales consecuencias están relacionadas con la Tesorería General de la Seguridad Social que:
Siempre puedes oponerte a la reclamación de la Inspección recurriendo a la vía judicial antes de pagar. Pero para evitarte más papeleo, lo mejor, como te aconsejamos con anterioridad, es que lo pongas en manos de expertos.
Andrés procedió con la baja y se ha ahorrado las cuotas durante julio y agosto. Cree que septiembre es un buen momento para arrancar de nuevo su negocio, así que decide volver a darse de alta.
Si, como él, tú también te has dado de baja, ¿qué pasos tienes que dar para retomar tu actividad?
Para realizar este trámite tienes que presentar el modelo 036 y tienes de plazo 10 días previos al inicio de la actividad. Así que, si quieres comenzar el 1 de septiembre, tendrás que hacer esta gestión como muy tarde el 22 de agosto.
En este caso tienes que presentar el modelo TA0521 antes de comenzar tu actividad.
Si bien parece que en este caso Andrés ha salido ganando, hay que tener en cuenta un par de cuestiones que pueden decantar la balanza a favor de la decisión de Miguel de no darse de baja como autónomo.
Aunque en esos meses en los que estás de baja no vas a pagar la cuota de autónomo, si estabas disfrutando de algún tipo de reducción o bonificación, la perderás.
Entre otras bonificaciones se encuentran:
Andrés y Miguel disfrutaban de la bonificación de la tarifa plana de 60 euros. Andrés la ha perdido al darse de baja y ahora tendrá que pagar 286,15 euros al mes, mientras que Miguel seguirá manteniendo la bonificación.
Recuerda que el principal requisito para disfrutar la tarifa plana es no haber estado de alta como autónomo en los dos años anteriores, o tres en caso de haber disfrutado anteriormente de dicha bonificación.
Si no has ejercido ninguna actividad, no puedes tener gastos vinculados a ella, por lo que no podrás deducirte ningún gasto relacionado con el trabajo al no estar dado de alta.
Hacienda exige que para que un gasto sea deducible debe estar vinculado a la actividad económica que ejerces, debe estar convenientemente justificado mediante facturas o tickets, y debe aparecer en tus libros de contabilidad.
Entre los gastos más habituales que no te podrás deducir como autónomo se encuentran:
Ahora que Andrés sabe que ya no puede disfrutar de la tarifa plana y que su cuota de autónomo se ha incrementado casi por cinco, sopesa comenzar a facturar sin ser autónomo.
Esta pregunta es muy frecuente en aquellos emprendedores que comienzan su actividad sin ingresos, sin clientes y con mucha incertidumbre. Es comprensible que si tu previsión de ingresos es muy baja, te plantees ejercer tu actividad sin estar dado de alta como autónomo.
Aunque encontrarás información en algunos portales que afirman que no es necesario estar dado de alta en el RETA, recuerda que Hacienda obliga a tener esta condición para generar facturas.
Te recomiendo que leas nuestro post “Obligación de darse de alta con pocos ingresos” donde hacemos referencia a ese vacío legal en el que algunos se amparan para no darse de alta.
¿Quién crees que ha salido ganando?
Andrés se ha ahorrado 120 euros en la cuota de autónomo durante estos dos meses, pero ahora tendrá que abonar casi cinco veces más que antes al volver a darse de alta. Además, como hizo el trámite con un asesor, tuvo que pagar su servicio.
Miguel, sin embargo, no ha ahorrado nada, puede que incluso esos 120 euros hayan ido a fondo perdido, pero mantiene su bonificación de tarifa plana.
Sin embargo, si ambos pagaran la cuota normal, Andrés se habría ahorrado 572,30 euros y hubiera disfrutado de mucho tiempo libre, mientras que Miguel habría tenido que buscar clientes hasta debajo de las piedras para al menos cubrir gastos.
Por lo tanto, al margen del ahorro, debes tener en cuenta varios factores y reflexionar sobre qué es mejor para tu negocio antes de tomar la decisión.
Porque si tú te tomas en serio tu negocio, nosotros también.
Nuestra asesoría es para ti si: