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Sí, puedes modificar tu autorización de estancia por estudios y solicitar una autorización de residencia y trabajo, pero debes tener en cuenta que has de llevar un mínimo de tres años como estudiante de manera continuada, con algunas excepciones, y tu tarjeta de estancia por estudios debe estar en vigor en el momento de presentar la solicitud de modificación.

Eso sí, podrá presentarse la solicitud de modificación antes de los noventa días naturales previos a la fecha en que cumplas el requisito de permanencia en situación de estancia por estudios durante tres años y, además, la solicitud realizada en plazo prorrogará, en caso de caducidad, la vigencia de la autorización de estancia hasta que recaiga resolución sobre ella.

Fuente: Antonio Segura Abogados & Gestores

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