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Recientemente en el evento “Meet the Authors” organizado por GESAC (Sociedad Europea de Autores y Compositores), los autores europeos hicieron llegar un llamamiento a las instituciones de la Unión Europea para que pusiese remedio a las transferencias de valor, pidiendo que se endurecieran las leyes con las plataformas digitales que facilitan a los usuarios contenidos protegidos por derechos de propiedad intelectual.

Dichas plataformas, conocidas también como UUC (“User Uploaded Content”, “contenido subido por el usuario”), se caracterizan porque son los usuarios de forma directa quienes cargan los contenidos para que el resto de usuarios los pueda ver. Esta realidad, que cada vez se encuentra más presente en nuestro día a día y que ya representa un porcentaje relevante del consumo que hacen los usuarios y consumidores de obras protegidas por derechos de autor, no se encuentra regulada en la ley de forma expresa.

En este contexto, los autores europeos piden al legislador europeo que clarifique que las plataformas UUC se encuentran involucradas en la reproducción y la comunicación pública (en la modalidad de puesta a disposición al público) de las obras protegidas y que no les aplique la exención de responsabilidad como intermediarios técnicos. La posición de los autores es clara en este sentido, pues quieren una regulación que beneficie sus intereses, obteniendo una remuneración por los actos de puesta a disposición al público de sus trabajos en las referidas plataformas.

No obstante, esta no es una cuestión novedosa sino que hace tiempo que se discute en relación a la responsabilidad de estas plataformas y parece que la nueva regulación europea en el marco del mercado único digital podría dar respuesta a algunos de los pedimentos de los autores.

Blanca Puig y Daniel Urbán