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Los convenios de doble imposición pretenden evitar pagar impuestos dos veces por un mismo hecho y en un mismo periodo impositivo. Puede surgir la doble imposición cuando el contribuyente reside en un Estado estando sometido consecuentemente al principio de residencia fiscal, mientras que en otro Estado esté sujeto al criterio de gravar las rentas obtenidas durante un determinado periodo (por ejemplo, recibir rentas de alquileres, intereses de cuentas bancarias, entre otros.)

Es habitual que se firmen convenios bilaterales para evitar esta doble imposición. En esos tratados se establecen bonificaciones y deducciones con el fin de dar seguridad jurídica a las inversiones y reducir la carga fiscal.

En la actualidad, España tiene convenios para evitar la doble imposición con más de ochenta países entre ellos: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, China, Colombia, Cuba, Ecuador, Filipinas, Georgia, Israel, República Dominicana, Federación Rusa, El Salvador, entre otros. En estos se determinan el régimen fiscal aplicable en función de la residencia fiscal; el impuesto de renta sobre los no residentes y las bonificaciones y las deducciones para evitar la doble imposición, entre otros extremos.

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Equipo Jurídico Antonio Segura Abogados