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La reforma sobre los derechos de autor en Internet ya ha sido aprobada, no sin polémica.

De todos los artículos de la propuesta, dos son los que han centrado casi todo el interés. El artículo 11 crea un derecho conexo para los editores de prensa. Con él podrán autorizar, prohibir o reclamar una retribución económica a los agregadores de noticias online que utilicen sus contenidos (como Google News).

Pero el foco de casi todos los desacuerdos se relaciona con el artículo 13. Recoge que los portales que almacenan, optimizan y difunden contenidos de usuarios con fines comerciales deben ser responsables de una censura a priori cuando se vulneren los derechos de autor. Hasta ahora portales como YouTube eliminaba o bloqueaba contenidos de usuarios tras su publicación.

Sí conviene precisar que el texto busca frenar los ingresos millonarios de plataformas a costa de las creaciones de autores. Las principales afectadas si está normativa se aprueba son YouTube, Vimeo, SoundCloud o Daily Motion. No hay cambios para servicios donde se comparten información y archivos de todo tipo, como Dropbox o Wikipedia.

Frente a los defensores de que esta regulación aportaría una remuneración más justa a los autores, los detractores argumentan que limita la libertad de expresión de los internautas y el uso de Internet como lo hemos conocido hasta ahora. Además, también manifiestan la censura previa resulta inviable a nivel tecnológico y económico.

En plena era digital, Europa sigue aplicando una normativa de 2001 para salvaguardar los derechos de autor en Internet.

En Fernández-Palacios Abogados, nuestro bufete con sede en Sevilla y Madrid, seguiremos muy de cerca todo lo que ocurra en torno a los derechos de autor en Europa. Solo así podemos ofrecerte el mejor asesoramiento con abogados especialistas en derechos de autor.