Llega la lotería de navidad y con ella, la ilusión de ser uno de los premiados. Eso sí, mucha gente se pregunta: pero si me toca… ¿qué se lleva Hacienda?
En primer lugar si has sido agraciado con algún premio del Sorteo de la Lotería de Navidad lo puedes cobrar a partir del 22 de diciembre a las 18:00 horas. Y no olvides que su plazo de caducidad es de tres meses, hasta el 22 de marzo de 2020.
Empezaremos por la parte que no se paga…
En primer lugar vamos a ver la evolución del mínimo exento a lo largo de los últimos años.
¿Sabías que hasta el año 2012 los premios de Loterías y Apuestas del Estado estaban exentos de impuestos?. Solamente había que pagar, a partir del año siguiente, por los intereses que generase el dinero del premio al depositarse en el banco.
Fue a partir del año 2013, cuando en los presupuestos se incluyó un impuesto de un 20 % para los premios de Loterías y Apuestas del Estado, de las Comunidades Autónomas, la Cruz Roja y la ONCE.
Eso sí, se estipulo qué no habría que abonarlo en premios inferiores a 2.500 €.
Esta cantidad mínima exenta de pago se ha ido aumentando con los años. En 2018 pasó a ser de 10.000 €.
¡Atento!
En 2019 no tendrás que pagar impuestos en cantidades inferiores a los 20.000 €.
Y se prevé que la cuantía vaya en aumento.
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