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Llega la lotería de navidad y con ella, la ilusión de ser uno de los premiados. Eso sí, mucha gente se pregunta: pero si me toca… ¿qué se lleva Hacienda?

En primer lugar si has sido agraciado con algún premio del Sorteo de la Lotería de Navidad lo puedes cobrar a partir del 22 de diciembre a las 18:00 horas. Y no olvides que su plazo de caducidad es de tres meses, hasta el 22 de marzo de 2020.

Empezaremos por la parte que no se paga…

Mínimo exento de pago de impuestos Loteria, ONCE, Cruz Roja, etc.

En primer lugar vamos a ver la evolución del mínimo exento a lo largo de los últimos años.

¿Sabías que hasta el año 2012 los premios de Loterías y Apuestas del Estado estaban exentos de impuestos?. Solamente había que pagar, a partir del año siguiente, por los intereses que generase el dinero del premio al depositarse en el banco.

Fue a partir del año 2013, cuando en los presupuestos se incluyó un impuesto de un 20 % para los premios de Loterías y Apuestas del Estado, de las Comunidades Autónomas, la Cruz Roja y la ONCE.

Eso sí, se estipulo qué no habría que abonarlo en premios inferiores a 2.500 €.

Esta cantidad mínima exenta de pago se ha ido aumentando con los años. En 2018 pasó a ser de 10.000 €.

¡Atento!

En 2019 no tendrás que pagar impuestos en cantidades inferiores a los 20.000 €.

Y se prevé que la cuantía vaya en aumento.

Fuente: ASEPYME

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