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En este artículo te voy a contar todos los impuestos de los escritores

Si eres un escritor, tal vez te hagas preguntas del tipo:

  • ¿He de darme de alta en Hacienda?
  • ¿En qué epígrafe de IAE?
  • ¿Qué obligaciones fiscales tengo?
  • Y tal vez la mas importante: ¿Debo darme de alta como autónomo para ejercer como escritor?

La mayoría de los escritores no se dan cuenta de que sus memorias, su colección de cuentos, su libro o su novela pueden aportar dinero en sus cuentas, aunque sea una pequeña cantidad.

Y si tienes ingresos por tu obra, has de cumplir con ciertas obligaciones como te voy a contar.

El primer escollo a superar para aclarar el punto de la renta de los escritores, es el hecho de que gran parte de los escritores no conciben la idea de lucrarse de esta actividad. Lo toman como parte de su expresión artística, y no como una forma de lucro.

Y puede verse así, si las entradas de dinero por ser escritor, no representan una actividad económica formal. O si esta actividad no es habitual para generar ganancias. Si no vives de ella.

Aunque muchos escritores solo quisieran dedicarse al arte de escribir, la realidad es que hay muchos otros procesos y decisiones que se deben tomar a la hora de comercializar un libro que pueden tener repercusiones más adelante.

Una de estas está relacionada con los ingresos generados por un libro publicado y los impuestos ligados a las ventas.

Todo esto puede aclararse de manera sencilla respondiendo algunas preguntas.

¿A quién se le considera escritor?

Cualquier persona que se dedique a escribir puede considerarse escritor. Aunque, para Hacienda es importante entender quiénes son considerados como escritores

Estos profesionales para tener una serie de obligaciones como después veremos que les obliga a darse de alta en hacienda y en la Seguridad Social. Y como no las obligaciones de declarar periódicamente los impuestos correspondientes.

En lo que respecta a los escritores profesionales, estos son definidos como una persona que recibe ingresos a través de la escritura. Esto agrupa tanto a escritores de artículos de periódicos o revistas, así como escritores que publican y venden libros.

Una manera común de definir a un escritor en España es aquella persona que haya publicado y recibido ganancias por lo menos de 5 libros, así como aquella persona que reciba generalmente más del Salario Mínimo Interprofesional al mes en concepto de su trabajo como escritor.

Y ya te anticipo, por si no sigues leyendo, que tu podrás considerar que escribir para ti no es una profesión sino una afición o un hobby. Pero para hacienda está claro que si percibes unos ingresos con habitualidad deberás de darte de alta y cumplir con tus obligaciones fiscales. Y como después veremos también tendrás la obligación de darte de alta de autónomo.

Y empezamos con los impuestos de los escritores.

La principal pregunta que trae a muchos escritores de cabeza es…

¿Tiene que darse de alta como autónomo un escritor?

Esta como te decía es una pregunta muy común entre muchos escritores. La verdad es que si estas percibiendo ingresos recurrentes, sin importar la cantidad de dinero percibida, debes darte de alta como autónomo. Aunque previamente deberás de haber tramitado tu alta en Hacienda.

Hay que tener en cuenta que no importa la cantidad de dinero que percibas, pero sí la constancia con la que este se reciba.

Siempre que un escritor perciba habitualmente ingresos derivados de sus publicaciones u otras actividades relacionadas como congresos o charlas, debe darse de alta como autónomo.

En la Seguridad Social se expresa de manera clara que los escritores se encuentran dentro del régimen especial de trabajadores denominados autónomos siempre y cuando recibas dinero de esta profesión, sin importar si es poco o mucho.

Y estoy casi seguro que te surge la duda de si tienes que darte de alta si cobras poco.

Te harás la pregunta…

¿Qué sucede si el escritor cobra menos del SMI?

Es importante que se entienda que aunque la cantidad de dinero que se percibe es importante, lo es también y quizás más, es la habitualidad de la recepción de dichos ingresos para que te plantees el darte de alta como autónomo.

Por tanto, si estás recibiendo con habitualidad ingresos por tu faceta de escritor, tendrás que darte de alta en Hacienda (modelos 036 o 037). Y acto seguido deberás de darte de alta como autónomo en la Tesorería General de la Seguridad Social.

Pero dentro de lo que cabe voy a darte una buena noticia, o mejor dos.

La primera es que todos los trámites del alta tanto en Hacienda como de autónomo te los podemos gestionar gratis desde Asepyme, por ser PAE.

Y la segunda que en la actualidad puedes acogerte a la «tarifa plana» si cumple los requisitos y tan solo pagarás 60 € al mes de autónomo.

Yo siempre digo que si uno no es capaz de hacer rentable un negocio por 60 € al mes de coste de Seguridad Social, tiene dos opciones:

  • contratar los servicios de un mentor, para ver cómo puede hacer rentable su negocio, o
  • dedicarse a otra cosa.

Te recuerdo que desde Asepyme podemos asesorarte en todo lo relacionado con los impuestos de los escritores, y así evitarte futuros problemas con Hacienda. Y además como PAE tu alta será GRATIS.

¿Qué obligaciones fiscales tiene un escritor?

Los impuestos que un escritor debe pagar dependerán en gran medida de quién tiene los derechos de explotación de sus obras.

Dependiendo de si el autor explota sus obras de manera personal o si vende sus derechos, el pago de los impuestos puede variar. No solo los tipos de ingresos pueden variar, sino que los impuestos también.

De todos modos, aquí te dejo un enlace a nuestro artículo sobre las obligaciones fiscales como autónomo, con el fin de no repetir el contenido de este artículo con otros.

Alta en el IAE

El IAE es el Impuesto sobre Actividades Económicas, es el primero de los impuestos de los escritores y se aplica a éstos siempre que realicen una actividad económica.

La definición que le da la AEAT a actividad económica es:

“Se realiza actividad económica cuando un contribuyente ordena por cuenta propia medios de producción y recursos humanos o uno solo de ambos, siendo su finalidad la de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios.

Este impuesto es gestionado por los ayuntamientos, y tiene carácter obligatorio para todos aquellos que realicen una actividad económica.

Aunque puedes estar tranquilo ya que aunque estés de alta en el IAE, no vas a pagar por ello, ya que los autónomos estamos exentos.

Algunos de los impuestos que se controlan con el IAE como veremos a continuación son:

  • El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
  • El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Veamos el primero de los impuestos de los escritores.

Declaraciones del IRPF

En el caso del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), si el autor ha cedido los derechos de sus obras a una figura como una editorial u otra persona, los ingresos que obtenga serán considerados de la misma manera como se haría con un salario de un trabajador.

Por otra parte, si el escritor se encarga por su cuenta de la distribución de sus obras, los ingresos se considerarán como afectos a una actividad económica.

Por no repetirme, las obligaciones en materia de IRPF las puedes encontrar en nuestro artículo sobre las obligaciones fiscales como autónomo,

Cuando se ceden los derechos por un escritor, el porcentaje de retención que se debe practicar es de 15%.

Cuando se ceden los derechos, el porcentaje que se debe pagar es de 15%.

Veamos otro de los impuestos de los escritores.

Declaraciones del IVA

En lo que respecta al IVA, si el autor ha otorgado los derechos de explotación de sus obras, estará exento al pago de IVA. Esto está regulado en la ley y protege a una variedad de artistas en los que se incluyen los escritores.

También los derechos de autor quedarán exentos de este impuesto. Sin embargo, se debe tener en cuenta que si se trata de un autor que se encarga por sí mismo de la edición y publicación de sus obras sin entregarle derechos a otros, sí que tendrá determinadas obligaciones en materia de IVA.

Los derechos de autor están exentos de IVA. Por ejemplo, si el escritor vende sus libros en alguna plataforma digital, Amazon digamos, o estas son comercializadas por otra persona, será el último vendedor el que declare y pague el impuesto.

Por su parte, el escritor que comercialice sus propias obras en su página web o de manera directa, sí deberá declarar este IVA. El porcentaje de IVA a aplicar normalmente será al 4%.

Los libros, periódicos y revistas que no contenga única o fundamentalmente publicidad tributan al tipo superreducido del 4%, incluidos aquellos en formato electrónico o digital, así como los elementos complementarios que se entreguen conjuntamente con estos bienes mediante precio único.

Por no repetirme, las obligaciones en materia de IVA las puedes encontrar en nuestro artículo sobre las obligaciones fiscales como autónomo,

Y tal vez te preguntes si ¿existen diferencias de vender el libro el escritor directamente a venderlo en una plataforma?

Diferencias de vender el libro el escritor o un tercero

Como ya hemos visto, si existen algunas diferencias en cuanto a la declaración y pagos de los impuestos. Por lo general, estas diferencias están relacionadas con quien percibe la mayoría de las ganancias de la publicación de la obra.

Si un escritor entrega los derechos de sus obras y/o publicaciones para ser vendidas en alguna plataforma, entonces el escritor no deberá hacer la declaración. En estos casos, el pago de los impuestos como el IVA serán responsabilidad de otros.

Esto es porque será el último en la cadena de comercialización el responsable de ese pago. Por ejemplo, si vendemos nuestro libro a través de Amazon, será Amazon quien liquide el impuesto por nuestra obra.

Y llegados aquí te preguntarás…

¿Qué sucede con los derechos de autor?

La importancia de los derechos de autor es aún mayor cuando vamos a trabajar con una editorial. En ese caso, la editorial tiene la responsabilidad de pagarle al escritor una parte de las ganancias por ventas de la obra.

Sin embargo, para que la editorial te haga el pago correspondiente, tú como escritor necesitarás firmarles un recibo.

Estos ingresos se consideran como rentas de trabajo parecidas a las percibidas por un trabajador con un salario.

Por otra parte, si has decidido hacer la publicación por tu cuenta, esos ingresos serán considerados como un ingreso de rendimiento de actividad económica. Y en estos casos las obligaciones fiscales serán las mismas que los de cualquier otro autónomo.

Es importante recordar que en lo que respecta al IVA, los derechos de autor están exentos.

Y si ya estas jubilado, posiblemente te preguntes…

¿Qué sucede si soy un escritor jubilado?

Anteriormente, muchos escritores eran víctimas de reclamaciones por parte de la Seguridad Social por estar cobrando ingresos estando legalmente jubilados.

Sin embargo, hay ahora una buena noticia para los escritores, en 2019 se han producido cambios importantes. Estos afectan a los escritores que cobran pensiones de jubilación pero que siguen obteniendo ganancias de sus obras o escribiendo nuevas obras.

A partir de abril de 2019 se ha declarado legal que los escritores jubilados puedan cobrar su pensión de la Seguridad Social y compatibilizar con su trabajo como escritores. Por lo tanto, ahora todo escritor puede solicitar su jubilación y seguir trabajando y cobrando sus beneficios a la vez, sin ningún problema.

Fuente: ASEPYME

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