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Tal vez te preguntes: ¿Es mejor darme de alta en Módulos o Estimación Directa al iniciar la actividad?

Quizás sea esta una de las preguntas más frecuentes que una persona se hace cuando va a empezar a ejercer una actividad. Incluso antes de darse de alta como autónomo.

Sistema de módulos o estimación directa ¿Cuál me interesa mas?

Lo primero es analizar si la actividad que se va a ejercer puede optar a los dos regímenes, y si es así, elegir, entre la estimación objetiva (comúnmente conocida por módulos) o la estimación directa.

Es importante saber que la eleccion de uno u otro régimen va a afectar a la hora de cumplir con las obligaciones fiscales en materia de IVA e IRPF. Es por ello que debemos de estudiar detenidamente cual de los dos regímenes nos beneficia desde el punto de vista fiscal y con cual de ellos pagaremos menos.

A continuación vamos a ver las características que tiene cada uno de los dos regímenes ya que se han de tener en cuenta una serie de factores que faciliten la elección y saber cual es la opción que más conviene.

Nosotros podemos ayudarte a elegir entre módulos o estimación directa con el fin de que pagues lo mínimo.

¡Evita futuros problemas con hacienda!.

¿En qué consiste el régimen de Estimación Directa (ED)?

La Estimación Directa Simplificada es uno de los regímenes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por el que tributan algunos autónomos por sus rendimientos empresariales.

¿Quién se puede acoger al método de estimación directa simplificada?

El método de estimación directa simpificada se puede aplicar a empresarios y profesionales si concurren las siguientes circunstancias:

  • Que no se haya renunciado a su aplicación.
  • Que sus actividades no estén acogidas al régimen de estimación objetiva.
  • En el año anterior, el importe neto de la cifra de negocios para todas las actividades desarrolladas no supere los 600.000€.
  • Que ninguna actividad de las ejercidas se encuentre en régimen de estimación directa en la modalidad normal.

¿Cómo se calcula el rendimiento neto?

Para calcular el rendimiento neto hemos de ver las normas del Impuesto sobre Sociedades. En concreto se calcula por la diferencia entre ingresos y gastos, aunque se deben tener en cuenta ciertas características:

  • Las amortizaciones del inmovilizado material se practican de forma lineal, en función de la tabla de amortización simplificada, especial para esta modalidad.
  • Las provisiones deducibles y los gastos de difícil justificación se cuantifican exclusivamente aplicando un 5 por 100 del rendimiento neto positivo, excluido este concepto. No obstante, no se aplicarán cuando el contribuyente opte por aplicar la reducción por el ejercicio de actividades económicas.
  • El rendimiento será reducido en caso de irregularidad, y si se cumplen los requisitos previstos, será minorado por la reducción prevista en el ejercicio de determinadas actividades económicas.

Obligaciones contables y regístrales

Los empresarios individuales acogidos a estimación directa simplificada deberán de llevar los siguientes libros:

  • libro registro de ventas e ingresos,
  • libro registro de compras y gastos y
  • el libro registro de bienes de inversión.

Si se realizan actividades profesionales no se podrá optar por el régimen de módulos. En estos casos además de los libros mencionados en el apartado anterior, se llevará el libro registro de provisión de fondos y suplidos.

Si se va a optar por la estimación directa simplificada es muy importante saber que se pagan impuestos según los rendimientos que se obtengan durante el año.

Se puede calcular de una forma fácil, y es determinando el volumen total de ingresos y deduciendo los gastos deducibles.

Una vez obtenemos el resultado, le debemos aplicar el tipo impositivo que corresponda.

Se debe tener en cuenta que los ingresos y los gastos son acumulables de un trimestre a otro.

Volumen total de ingresos – Gastos deducibles = Rendimiento

Rendimiento x Tipo impositivo = Cuota

El régimen de estimación directa simplificada es más aconsejable al iniciar una actividad si se prevé tener más gastos que ingresos. O al menos las previsiones son de tener pocos beneficios iniciales.

Podríamos concluir que la Estimación Directa es más realista que los módulos, ya que su tributación depende de los beneficios reales obtenidos.

¡Y en caso de pérdidas no se tendrá que pagar IRPF!

Si quieres pagar lo mínimo acogiéndote al régimen correcto solicítanos una cita y te explicaremos como podemos ayudarte. Y recuerda que somos punto PAE y no te costará nada la tramitación de tu alta en hacienda ni la de autónomo.

¿En qué consiste el régimen de Estimación Objetiva (EOIM)?

El régimen de estimación objetiva o módulos es un sistema muy poco flexible en el que no se tienen en cuenta las visicitudes propias de cada actividad.

El régimen de módulos no se adapta a los altibajos propios de un negocio.

Esto en algunas ocasiones es un problema si no tenemos beneficios, ya que la cuota a pagar será la misma que si se tuviese beneficio, independientemente del mismo.

Si elegimos el sistema de régimen de estimación objetiva por módulos se ha de saber que es un régimen simplificado de tributación, esto significa que se le aplica a pequeños empresarios para intentar simplificarles la administración de su actividad.

¿A quién se aplica el régimen de estimación objetiva?

Este régimen de estimación objetiva se aplica exclusivamente a empresarios, que cumplan los siguientes requisitos:

  • Que todas sus actividades estén incluidas en la Orden que desarrolla el régimen de estimación objetiva. Y al mismo tiempo, que no rebasen los límites establecidos en la misma para cada actividad.
  • Que el volumen de rendimientos íntegros en el año anterior, no sobrepase determinados límites regulados en la ley 35/2006 del IRPF.

¿Cómo se calcula el rendimiento neto en módulos?

El rendimiento neto se calculará según lo dispuesto en la Orden que desarrolla este régimen de estimación objetiva y que se aprueba anualmente.

En términos generales para el cálculo se multiplican los importes fijados para los módulos, por el número de unidades del mismo empleadas, utilizadas o instaladas en la actividad.

Otras actividades como son las agrícolas, ganaderas y forestales, se calcula multiplicando el volumen total de ingresos (incluidas las subvenciones corrientes o de capital y las indemnizaciones), por el índice de rendimiento neto que corresponda.

En concepto de amortización se podrá deducir la que resulte de aplicar la tabla aprobada por el Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas.

Cálculo del rendimiento neto en actividades que no sean agrícolas, ganaderas y forestales

UNIDADES DE MÓDULO EMPLEADAS, UTILIZADAS O INSTALADAS (x) RENDIMIENTO ANUAL POR UNIDAD DE MÓDULO ANTES DE AMORTIZACIÓN = RENDIMIENTO NETO PREVIO

MINORACIONES:

  • (-) INCENTIVOS AL EMPLEO
  • (-) INCENTIVOS A LA INVERSIÓN. Las cantidades que correspondan a la amortización se determinarán aplicando la tabla de amortización recogida en la Orden por la que se desarrolla el régimen de estimación objetiva del IRPF y régimen especial simplificado del IVA. (AMORTIZACIONES)

= RENDIMIENTO NETO MINORADO

(x) ÍNDICES CORRECTORES (en función del tipo de actividad y determinadas circunstancias)

= RENDIMIENTO NETO DE MÓDULOS

(-) REDUCCIÓN GENERAL DEL RENDIMIENTO NETO: 5%

(-) GASTOS EXTRAORDINARIOS POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES (Incendios, inundaciones, hundimientos…)

(+) OTRAS PERCEPCIONES EMPRESARIALES

(SUBVENCIONES)

= RENDIMIENTO NETO DE LA ACTIVIDAD

(-) REDUCCIÓN RENTAS IRREGULARES (30%). Se entiende por rendimientos irregulares, en general, aquellos que tengan un período de generación superior a dos años y, en particular, aquellos rendimientos específicos que contempla el artículo 25 del Reglamento del Impuesto.

= RENDIMIENTO NETO REDUCIDO DE LA ACTIVIDAD

(-) Reducción por el ejercicio de determinadas actividades económicas para contribuyentes con rentas no exentas inferiores a 12.000 euros (Art. 32.2.3º de la Ley IRPF)

= RENDIMIENTO NETO REDUCIDO TOTAL

Cálculo del rendimiento neto en actividades agrícolas, ganaderas y forestales

VOLUMEN TOTAL DE INGRESOS(INCLUIDAS SUBVENCIONES, INDEMNIZACIONES Y AYUDA PAC PAGO ÚNICO) Cuando el preceptor de la ayuda directa de pago único de la PAC no haya obtenido ingresos por actividades agrícolas o ganaderas el índice de rendimiento neto a aplicar es el 0,56. (x) ÍNDICE DE RENDIMIENTO NETO

= RENDIMIENTO NETO PREVIO

(-) AMORTIZACIÓN DEL INMOVILIZADO MATERIAL E INTANGIBLE (excluidas actividades forestales). Las cantidades que correspondan a la amortización se determinarán aplicando la tabla de amortización recogida en la Orden por la que se desarrolla el régimen de estimación objetiva del IRPF y régimen especial simplificado del IVA.

= RENDIMIENTO NETO MINORADO

(x) ÍNDICES CORRECTORES (en función del tipo de actividad y determinadas circunstancias)

= RENDIMIENTO NETO DE MÓDULOS

(-) REDUCCIÓN GENERAL DEL RENDIMIENTO NETO: 5%

(-) REDUCCIÓN LEY 19/1995 (AGRICULTORES JÓVENES): 25%

(-) GASTOS EXTRAORDINARIOS POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES (incendios, inundaciones, hundimientos…)

= RENDIMIENTO NETO DE LA ACTIVIDAD

(-) REDUCCIÓN RENTAS IRREGULARES (30%). Se entiende por rendimientos irregulares, en general, aquellos que tengan un período de generación superior a dos años y, en particular, aquellos rendimientos específicos que contempla el artículo 25 del Reglamento del IRPF

= RENDIMIENTO NETO REDUCIDO

(-) Reducción por el ejercicio de determinadas actividades económicas para contribuyentes con rentas no exentas inferiores a 12.000 euros (Art. 32.2.3º de la Ley IRPF)

= RENDIMIENTO NETO REDUCIDO TOTAL

Obligaciones contables y registrales en el régimen de Estimación Objetiva

Se deben de conservar las facturas emitidas y las recibidas. Y también se deben de conservar los justificantes de los módulos aplicados.

En caso de practicar amortizaciones deberá llevarse un libro registro de bienes de inversión.

Las actividades actividades agrícolas, ganaderas y forestales, en las que el rendimiento neto se calcula en función del volumen de operaciones, se debe llevar un libro registro de ventas o ingresos.

Ventajas de los módulos

Una de las ventajas del régimen por módulos es que al inicio del ejercicio ya podemos saber los rendimientos estimados que se van a declarar y qué impuestos se van a pagar a Hacienda cada trimestre.

Las obligaciones contables y registrales son mas laxas que las de los empresarios individuales en estimación directa, como hemos visto anteriormente.

Recuerda que si renuncias a módulos en 3 años no podrás regresar a este régimen. De no hacer la elección correcta puede salirte muy caro los próximos años. ¡Es eso lo que quieres!. Solicítanos una cita y te explicaremos como ayudarte.

A tener en cuenta a la hora de elegir entre EOIM o ED

Sabiendo cuales son las características básicas de los sistemas de ED y por EOIM, nuestra elección dependerá de los factores relacionados con la actividad, la facturación y los beneficios.

Hemos de partir de que se podrá renunciar al método de estimación objetiva, pero esta renuncia tendrá efectos por un período mínimo de tres años.

Debemos de tener en cuenta a la hora de elegir:

ESTIMACIÓN DIRECTA

  • A la hora de emprender es normal que la actividad genere más gastos que ingresos durante el primer año. De ser este el caso sería más aconsejable decantarse por la opción de régimen estimación directa simplificada (EDS). Más adelante, en la medida en que vayan aumentando los beneficios se barajará la opción de revocar la renuncia y tributar por el régimen de módulos.
  • El régimen estimación directa simplificada será mejor para todas aquellas empresas que tienen un establecimiento grande con bastante metros cuadrados y con bastantes empleados y que además tiene elevados gastos. Es mejor para ellos porque lo más probable sea que los beneficios que se estimen en módulos estarán por encima de los reales.

ESTIMACIÓN POR MÓDULOS

  • Es aconsejable optar por el régimen EOIM cuando los rendimientos objetivos que se estiman son inferiores a los rendimientos reales.
    • Por ejemplo, si tenemos un pequeño negocio con pocos metros cuadrados y además tenemos pocos empleados pero obtenemos muchos ingresos, el régimen por módulos sería aconsejable ya que la cuota que se tendría que pagar resultaría más baja comparándola con el beneficio real.
  • Una de las características a considerar es que el régimen EOIM es que no podremos deducir prácticamente ningún gasto, ni siquiera la cuota de autónomos. Por el contrario, el régimen de ED si que nos deja incluir aquellos que sean necesarios para la obtención de ingresos.

Elegir una de las dos estimaciones es una decisión que debemos tomar teniendo toda la información acerca de ellas, ya que dependerá de nuestro negocio, servicios y sobre todo de los beneficios que vayamos a obtener.

Elimina las preocupaciones, el estrés y la ansiedad que te genera el no saber cual es la elección correcta. Solicítanos una cita y te explicaremos como ayudarte.

Si eres de los que prefiere el vídeo a la lectura, te dejamos un resumen en vídeo del artículo que hoy.

Video resumen sobre la elección entre Estimación Directa o Módulos

En nuestro canal de YouTube puedes acceder a cientos de videos para emprendedores, autónomos y pymes. Y entre ellos, uno en el que hacemos un breve resumen sobre todo lo que se debe de tener en cuenta a la hora de elegir entre la Estimación Directa (ED) o los Módulos (EOIM).

Aquí tienes el video resumido de todo lo relacionado con el artículo de hoy, por si quieres visualizarlo.

Fuente: ASEPYME

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