En los territorios que hayan superado la fase III del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad, y en todo caso, una vez expire la vigencia del estado de alarma (el próximo 21 de junio), las empresas deberán aplicar las siguientes medidas (sin perjuicio del cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales y del resto de la normativa laboral):
Pulse aquí para acceder a la norma que regula estas cuestiones.
Le asesoraremos sobre las medidas laborales que debe adoptar en fase III y, en todo caso, una vez finalizado el Estado de Alarma
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