La Subcomisión de Urbanismo del municipio de Barcelona, en sesión de 18 de septiembre de 2018, aprobó definitivamente la Modificación de las Normas urbanísticas del Plano general metropolitano (PGM) que regulan los aparcamientos de Barcelona, modificación que fue publicada en el DOGC, a efectos de su ejecutividad inmediata, el 16 de octubre de 2018.
El ámbito objeto de la Modificación es todo el término municipal de Barcelona y las determinaciones sobre previsión de aparcamientos en edificios contenidas en la misma son de aplicación general. En consecuencia, quedan suprimidas las limitaciones o prohibiciones contenidas en los planes especiales para zonas o ámbitos generales, sin perjuicio de las contenidas al Ordenanza de rehabilitación y mejora del Ensanche de Barcelona, que se mantienen.
El objeto de la Modificación es regular la oferta de plazas de aparcamiento en función del destino de la edificación y a la vez favorecer la movilidad sostenible. Concretamente, la modificación propone una nueva regulación para los edificios de viviendas, diferenciando las viviendas en general, los edificios de viviendas con algún régimen de protección especial o general y el sistema de viviendas dotacionales. Los principales objetivos de la Modificación son los siguientes:
Finalmente, el documento aprobado definitivamente incorpora una Disposición transitoria, que indica que las modificaciones de PGM aprobadas con anterioridad a esta modificación, así como posibles convenios o compromisos anteriores, que incorporen determinaciones de reservas superiores a las resultantes de las presentes normas, se podrán adaptar a través de la correspondiente licencia de obras.
En cualquier caso, hay que destacar que la superficie liberada por la posible reducción del número de plazas obligatorias resultante de la aplicación de esta modificación en aparcamientos ya construidos no puede ser destinada a incrementar la superficie de los otros usos admitidos en planta sótano ni actividades complementarias de las principales del inmueble (talleres, comerciales, trasteros, servicios, almacenes, oficinas, etc.). Ello no obstante, se podrán destinar al emplazamiento de instalaciones de servicios técnicos generales del edificio y a ampliar la oferta para otros medios de transporte, como plazas de motocicletas, bicis u otras medidas en favor de la movilidad sostenible, como pueden ser plazas adicionales de recarga para vehículos eléctricos.