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¿Qué se entiende porventas a distancia?

El régimen de ventas a distancia, establece un tratamiento especial en sede del Impuesto sobre el Valor Añadido (En adelante, “IVA”) a determinadas ventas.

Se consideranventas a distancia, aquellas en las cuales:

1.El vendedor, un empresario residentede la Unión Europea,expide bienes aun comprador residente en otro país de la Unión Europea.

2.El transporte de los bienes se efectúa por elvendedoro por cuenta de éste.

3.Los adquirentes son particularesque no realizan actividades empresariales o profesionales, es decir, consumidores.

Se excluyen del tratamiento aplicable a las “ventas a distancia” determinadas operaciones que, cumpliendo los requisitos anteriores se refieren a ciertos bienes, entre los que podemos citar: Los objetos de arte, las antigüedades y aquellos bienes a los que aplique el régimen especial de bienes usados.

¿Cómo tributaban las ventas a distancia hasta ahora?

Hasta el 1 de juliode 2021, los empresarios que efectuaran ventas a distancia repercutían e ingresaban el IVA de las mismas en su país de residencia fiscal, hasta que sus ventas en un país de destino concreto, excedían el umbral establecido por el mismo.

Pasado este umbral, en las ventas realizadas a ese país debía repercutirse e ingresarse el IVA en ese país. Ello significaba, que el empresario vendedor debía registrarse en IVA en ese país, y presentar las declaraciones correspondientes.

Existía también la opción de renunciar a la aplicación de los umbrales, y repercutire ingresar el IVA del país del comprador desde la primera venta, con las obligaciones formales que ello conlleva.

¿Cómo va a cambiar este régimen?

A partir del próximo 1 de julio de 2021, se suprimen los umbrales diferenciados por países, y en su lugar se establece un umbral común y único de 10.000 € para todas las ventas a distancia realizadas por un empresario en la Unión Europea.

Se considerará que se ha sobrepasado el umbral si:

a)Se realizaron más de 10.000 € en ventas a distancia durante 2020

b)Durante el año ya transcurrido de 2021, se han realizado más de 10.000 € en ventas a distancia.

Sobrepasado el umbralde los 10.000 €, deberá tributarse el Impuesto sobre el Valor Añadidoen destino, repercutiendo el IVA del país de destino, e ingresándolo y declarándolo allí.

Al mismo tiemposin embargo, se ofrece a los empresarios la posibilidad de optar por aplicar un nuevo régimen, llamado de Ventanilla Única, que les permite tributar por todas estas ventas en su país de origen, evitando así tener que registrarse en los países donde efectúan sus ventas a distancia.

La opción por el régimen de Ventanilla Única es expresa, por lo que si el empresario quiere aplicarlo, deberá optar por el mismo con anterioridad a la superación del umbral, o se verá obligado a registrarse en los países donde efectúe ventas a distancia hasta que opte por la Ventanilla Única y la opción sea efectiva.

Conclusiones:

Las sociedades con ventas a distancia, deberán comprobar primeramente si en 2020 facturaron más de 10.000 € en dichas operaciones.

De no ser así,deberán examinar si han sobrepasado ya este umbral en 2021, y de no haberlo hecho, hacer un seguimiento de las ventas, puesto que una vez sobrepasen el umbral deberán declarar las ventas a distancia en destino en todos los países.

Es también muy importante que las empresas afectadas que quieran evitarse registrarse en los países de destino, efectúen la opción de tributación por el régimen de Ventanilla Única con antelación, ya que de lo contrario pueden encontrarse en la incómoda situación de tener que registrarse en Impuesto sobre el Valor Añadido en varios países de la Unión Europea por haber sobrepasado el umbral de 10.000 € y no haber optado por la aplicación del régimen antes del inicio del trimestre en que sobrepasen el umbral.

Si os han quedado dudas sobre la aplicación del régimen, o necesitáis asesoramiento sobre cómo proceder, en Font & Yildiz somos expertos en esta y muchas otras áreas de asesoramiento de empresas y estaremos encantados de prestaros asesoramiento.

David Domingo

Lawyer