La norma es el Real Decreto-ley 5/2017, de 17 de marzo, por el que se modifica artículo 3.1.b) del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, y los apartados 1 y 2 del artículo 1 de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social.
Principales novedades
Las principales novedades se centran, además, de la moratoria de tres años, en la relación de colectivos que se beneficiarán de estas medidas de protección. Los criterios subjetivos para acogerse, tanto al Código de Buenas Prácticas como a la suspensión de lanzamientos, se equipara en su mayoría y se amplía a los siguientes supuestos:
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