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Como es sabido, con la crisis sanitaria generada por la expansión del COVID-19, infinidad de empresas se han visto obligadas a tramitar la reducción o suspensión de la jornada laboral de sus trabajadores para la aplicación de un ERTE.

Dicha tramitación requiere cumplimentar una serie de formalidades y, en particular, aportar determinada información personal del trabajador relativa a su situación laboral. Sin embargo, son muchos los inconvenientes que están teniendo las empresas para realizar satisfactoriamente este proceso, con el consiguiente perjuicio que supone para los trabajadores afectados por un ERTE no estar percibiendo cantidad dineraria alguna desde hace casi 3 meses.

Otra situación que se está dando es justamente la contraria, esto es, existen casos en los que algún trabajador ha cobrado la prestación colectiva por desempleo sin tener derecho a ello, o bien, ha cobrado un importe incorrecto.

Por su parte, no se debe pasar por alto que el aporte de información personal del trabajador, relativa a su situación laboral, requiere la autorización del propio trabajador titular de los datos, de conformidad con la normativa aplicable al efecto.

En atención a todo lo anterior, el Ministerio de Trabajo y Economía Social ha publicado una tabla orientativa (que se exhibe a continuación) al respecto de los problemas más habituales surgidos durante la tramitación de los ERTEs y la forma en que los mismos deben ser subsanados. Desde LEALTADIS ABOGADOS te ayudamos a resolver todas estas cuestiones en tu empresa, de acuerdo con las exigencias del Ministerio y ajustando nuestro asesoramiento a tu caso concreto.