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Reemplaza la “ISO 19600: 2014, Sistemas de gestión de cumplimiento – Directrices” y proporciona lo que una organización necesita saber para desarrollar, implementar, mantener y mejorar un sistema de gestión de cumplimiento eficaz.

El pasado mes de abril la Organización Internacional de Normalización (ISO) publicó el nuevo estándar para la gestión del cumplimiento normativo.

Se trata de la “ISO 37301 de Sistemas de gestión de cumplimiento: requisitos con orientación de uso”, que reemplaza la “ISO 19600: 2014, Sistemas de gestión de cumplimiento – Directrices” y que proporciona lo que una organización necesita saber para desarrollar, implementar, mantener y mejorar un sistema de gestión de cumplimiento eficaz.

Como novedad destaca su carácter certificable y que se trata de una norma que se puede integrar en otros sistemas de gestión de la organización, como la ISO 37001, para la lucha contra el soborno, o la ISO 9001, para la calidad, aumentando así la eficiencia, la eficacia y la productividad de las organizaciones. Pero, sobre todo, cabe remarcar que establece el cumplimiento como un principio de buen gobierno que recomienda la participación de la alta dirección y que, al mismo tiempo, recomienda integrar la gestión del cumplimiento en toda la organización, para que esté incorporado en sus procesos de gestión financiera, de riesgo, de calidad, de medioambiente y de salud y seguridad, así como en sus procedimientos operativos.

De esta manera, nos encontramos ante un estándar que quiere contribuir al buen gobierno de las organizaciones y al establecimiento de la cultura de cumplimiento, elemento clave que ya en su día subrayó la Fiscalía General del Estado en su Circular 1/2016 sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas cuando afirmó que “los modelos de organización y gestión o corporate compliance programs no tienen por objeto evitar la sanción penal de las empresas sino promover una verdadera cultura ética empresarial”.

También es interesante destacar los principios de transparencia y sostenibilidad sobre los que se basa este estándar contribuyendo a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la ONU. En concreto, el número 8 (“trabajo decente y crecimiento económico”); el 16 (“paz, justicia e instituciones sólidas”) y el 11 (“ciudades y comunidades sostenibles”). Las organizaciones y empresas que buscan contribuir a la consecución de los ODS encontrarán en esta norma una herramienta eficaz para ayudarlas a afrontar este nuevo desafío de la construcción de un mundo más sostenible.

Para concluir, se trata de una norma esperada que pretende erigirse como una de las principales referencias internacionales para el diseño, implementación, mantenimiento y mejora de los programas de compliance (cumplimiento normativo) que, debido a la internacionalización de las empresas y a la diversidad de normativa de diferentes jurisdicciones que estas deben cumplir, sin duda va a ser una herramienta muy útil a la hora de diseñar sus programas de compliance.

Más información: Berta Casas, abogada senior del área de Compliance.

Fuente: Toda & Nel.lo Abogados

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