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Aplicación del Real Decreto 902/2020 de 13 de octubre, sobre la igualdad retributiva entre mujeres y hombres

Objeto del Real Decreto:

Establecer medidas específicas para hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación entre mujeres y hombres en materia retributiva.

¿Qué hay que hacer?

Hay que elaborar un registro retributivo de todo el plantilla, incluidoel personal directivo y los altos cargos.

¿Cómo hay que hacerlo?

Éste registro retributivo debe incluir los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extra salariales de la plantilla separados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías y/o puestos.

¿Quién deberá hacerlo?

El ámbito de aplicación de este RD es para todas las relaciones laborales reguladas en el Estatuto de los Trabajadores (es decir, para todas las empresas con trabajadores).

Principios a respetar:

-Transparencia retributiva:

Se deberá tener a disposición los informes que identificarán si hay discriminaciones, tanto directas como indirectas, y particularmente las debidas a incorrectas valoraciones de puestos de trabajo.

-Igual retribución por trabajo de igual valor:

El empleador está obligado a pagar, por la prestación de un trabajo de igual valor, la misma retribución, y en este caso concreto, sin diferenciar entre hombres / mujeres.

Las empresas que cuenten con Plan de Igualdad (están obligadas aquellas que tengan más de 150 trabajadores) deberán incluir en su registro una auditoría retributiva.

En cuanto al régimen sancionador, cabedestacar que el hecho de incumplir con la obligación de hacer el registro salarial puede tener la consideración de infracción gravey sus sanciones pueden ir:

-Desde los 626€a 1.250 € en su grado mínimo

-Desde 1.251€a 3.125 € en su grado medio

-Desde los 3.126€a 6.250 € en su grado máximo

Además, si seconstatase una discriminaciónsalarial, como se considera falta muy grave, se puede cuantificarpor el siguiente régimen:

-Desde 6.251€a 25.000 € en su grado mínim

-Desde 25.001€a 100.005 € en su grado medio

-Desde los 100.006€a 187.515 € en su grado máximo

Enric Oliveras

Payroll Specialist

Fuente: Font & Yildiz

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