Para trabajadores adscritos al Régimen General de la Seguridad Social las bases de cotización máxima quedan fijadas en 3.642,00 euros mensuales mientras la base mínima estarán entre 764,34 euros y 1.067,33 euros dependiendo del grupo tarifa del empleado.
Con respecto al personal autónomo (RETA) las bases máximas y mínimas estarán entre 3.642,00 euros y 893,24€/mesEn el caso de tener menos de 47 años, el trabajador autónomo puede escoger cualquier base de cotización comprendida dentro de este intervalo. Igual elección podrán efectuar aquellos trabajadores autónomos que en esa fecha tengan 48 ó 49 años de edad y su base de cotización sea igual o superior a 1.945,87 euros.
Los trabajadores autónomos que a fecha de 1 de enero de 2016 tengan 47 años de edad y cuya base de cotización sea inferior a 1.945,87 euros mensuales, no podrán elegir una base de cuantía superior a 1.965,26 euros mensuales, salvo que ejerciten su opción en tal sentido antes del 30 de junio de 2016, lo que producirá efectos a partir del 1 de julio del mismo año.
La base de cotización de los trabajadores autónomos que, a 1 de enero de 2016, tengan cumplida la edad de 48 o más años estará comprendida entre las cuantías de 963,24 y 1.965,26 euros mensuales, salvo que se trate del cónyuge supérstite del titular del negocio que, como consecuencia del fallecimiento de éste, haya tenido que ponerse al frente del mismo y darse de alta en este Régimen Especial con cuarenta y cinco o más años de edad, en cuyo caso la elección de bases estará comprendida entre las cuantías de 893,24 y 1.965,87 euros mensuales.
Otros datos a tener en cuenta son:
En lo que se refiere a las retenciones de IRPF, al igual que el pasado mes de julio en el que el gobierno adelantó la reforma fiscal donde nuestras nóminas ya sufrieron una regularización en las retenciones aplicadas, para este año 2016 entra en vigor la segunda parte de la reforma, que supone una nueva revisión de las retenciones, pudiendo afectar en una rebaja de hasta un 1%, dependiendo de la situación familiar y el salario que cada uno de los trabajadores tiene.
Se mantienen la exenciones fiscales de 500€/año/asegurado para aquellos empleados que tengan contratado un seguro médico bajo la modalidad de retribución flexible.
Este nuevo cálculo quedará regularizado entre la nómina del mes de enero y febrero del 2016.
Javier Simarro
Directorio de profesionales
¡Suscríbase a nuestro newsletter para estar al día con las últimas noticias y ofertas!
2024 © Togas.biz - Newco Professional SL. Todos los derechos reservados. Terminos y Condiciones | Política de Privacidad
Actualidad
Directorio
Provincias