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El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto adoptando la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea con relación a la prestación por desempleo a tiempo parcial.

En esa sentencia se equipara el derecho de los trabajadores a tiempo parcial, con independencia de que realicen su actividad durante cinco días a la semana, o concentrando las horas en menos días.

Con este cambio se favorece el acceso a la prestación por desempleo o al subsidio al facilitar la acreditación del periodo mínimo de cotización. Además, incrementa la duración de la prestación contributiva por desempleo al tener en cuenta como cotizados los días en los que no ha habido prestación de servicios.

Javier Brustenga - Equipo Jurídico Antonio Segura Abogados

Fuente: Antonio Segura Abogados & Gestores

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