Asimismo, recogemos varias sentencias de la sala de lo Social del Tribunal Supremo, como la de 22 de marzo que incide en la obligatoriedad de comunicar la decisión final de la empresa sobre una modificación sustancial de condiciones de carácter colectivo que culminó en desacuerdo, a los representantes de los trabajadores. También la de 4 de abril en que concluye que no hay contingencia profesional en el caso de una trabajadora porque los síntomas empezaron a manifestarse antes de ir a trabajar. Es interesante asimismo la de 17 de abril que reconoce como accidente in itinere el trayecto a casa aunque la trabajadora hiciera una breve parada para la compra. Adicionalmente hay sentencias adicionales cuyos resúmenes animamos a leer.
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