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Involucra a todos los agentes de la cadena alimentaria en la consecución de su objetivo de prevenir y reducir las pérdidas y el desperdicio alimentario, imponiéndoles obligaciones específicas.

En su sesión celebrada el 6 de junio de 2022, el Consejo de Ministros aprobó el Proyecto de Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario, que remite al Congreso para su tramitación parlamentaria, con el objetivo de que el texto definitivo pueda quedar aprobado a finales de este año.

El proyecto de ley que se apruebe constituirá el primer texto normativo promulgado en la materia a nivel estatal (Cataluña y Castilla-La Mancha cuentan ya con normas autonómicas en esta materia) y supondrá dar un paso sin duda relevante para la consecución de los ODS de la Agenda 2030 y de la Estrategia Española de Economía Circular - España Circular 2030. En particular, contribuirá a la consecución del ODS 12.3 de “reducir a la mitad el desperdicio de alimentos por habitante correspondiente a los niveles de la venta al por menor y el consumidor y reducir la pérdida de alimentos a lo largo de las cadenas de producción y suministro”, pero también de otros vinculados, como el ODS 2 “Hambre cero”, ODS 11 “Ciudades y comunidades sostenibles” o el ODS 13 “Acciones para el clima”.

El proyecto aprobado tendrá por objeto prevenir y reducir las pérdidas y desperdicios de alimentos por parte de todos los agentes de la cadena alimentaria, objetivo este cuya consecución se identifica como un imperativo moral de los poderes públicos y de los propios operadores de la cadena alimentaria en su Exposición de Motivos.

Para lograrlo, las medidas que introduce van más allá de las tradicionales de concienciación y sensibilización, pues no sólo regula medidas de buenas prácticas que recomienda aplicar, sino que también impone obligaciones concretas a todos los agentes de la cadena alimentaria. Así, a todos ellos se les exige:

  • Disponer de un plan de aplicación para la prevención de las pérdidas y desperdicio alimentario que especifique la forma en que se aplicará la jerarquía de prioridades para el tratamiento de aquellos alimentos susceptibles de convertirse en desperdicios alimentarios. La jerarquía de prioridades a la que dichos agentes deberán orientar su actuación es la siguiente: (1) donación de alimentos o redistribución para consumo humano; (2) transformación en productos alternativos; (3) alimentación animal y fabricación de piensos; (4) uso como subproductos en otra industria y, en última instancia, (5) reciclado.
  • Alcanzar acuerdos o convenios para donar los excedentes de alimentos a empresas, entidades de iniciativa social y otras organizaciones sin ánimo de lucro o bancos de alimentos. No obstante, se excepcionan de esta obligación los casos en los que su inviabilidad quede justificada o los establecimientos de distribución alimentaria con una superficie útil de exposición y venta al público inferior o igual a 1.300 m².

Asimismo, a las empresas de hostelería y otros proveedores de servicios alimentarios les impone la obligación de facilitar al consumidor que pueda llevarse, sin coste adicional alguno, los alimentos que no haya consumido, así como la de informar de esta posibilidad en el propio establecimiento. Por otra parte, a las empresas y entidades de iniciativa social y organizaciones sin ánimo de lucro les impone las de garantizar la trazabilidad de los productos donados mediante un sistema de registro de entradas y salidas de los alimentos recibidos y entregados y donar los productos recibidos a las personas más desfavorecidas, entre otras.

Tampoco las Administraciones públicas quedan exentas de obligaciones. Además de la necesidad de realizar campañas divulgativas y de promoción, el texto aprobado les impone, por ejemplo, la obligación de elaborar guías de buenas prácticas encaminadas a mejorar la gestión alimentaria y modelos de planes de prevención y reducción de pérdidas, que deberán poner a disposición de los agentes de la cadena alimentaria, y de llevar a cabo análisis cuantitativos del desperdicio alimentario en los hogares y fuera de ellos, cuyos datos de medición deberán publicar periódicamente.

En definitiva, el proyecto de ley aprobado apuesta por involucrar a todos los operadores del sistema alimentario en la mejora de su eficiencia, al considerar dicha participación necesaria para la consecución no sólo de su objetivo inmediato, sino también de la finalidad última de promover una bioeconomía circular que responda a los objetivos de sostenibilidad y atienda a la dimensión social inherente a la regulación del sistema alimentario.