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El día 1 de mayo 2020 entraron en vigor la nueva Ley de presupuestos de la Generalitat de Cataluña y la Ley de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público.

Estas leyes contemplan una exención de la tasa de trabajo correspondiente a la tramitación de solicitudes de autorizaciones de trabajo, o de residencia y trabajo, competencia de la Generalitat de Catalunya.

Estarán exentos de pagar esta tasa, aquellas solicitudes en las que el obligado a pagar la tasa sea una persona física con ingresos inferiores a 30.000 euros. Se considera que los ingresos son inferiores a 30.000 euros si, a fecha de la solicitud, esta persona no tuvo la obligación de presentar la última declaración del IRPF o si la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro de este impuesto fue inferior a 30.000 euros.

En caso de que los ingresos de esta persona (normalmente el empleador) sean inferiores a 30.000 euros, éste deberá firmar una declaración responsable y deberá adjuntarla en vez del comprobante de pago de la tasa. El órgano instructor comprobará de oficio los datos del IRPF que constan en la Agencia Tributaria. Si los ingresos son superiores a 30.000 euros, no hay que hacer la declaración responsable y el órgano instructor requerirá el pago de la tasa con posterioridad a la presentación de la solicitud.

Marta Llonch
Equipo Jurídico Antonio Segura Abogados

Fuente: Antonio Segura Abogados & Gestores

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