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La semana pasada el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) resolvió que debe reputarse ilícita aquella publicidad que compara precios utilizando como base para la comparación tiendas de diferentes tamaños o formatos, salvo que se informe a los consumidores en el propio mensaje publicitario y de manera clara.

El conflicto que motivó el pronunciamiento se basó en una campaña publicitaria emitida en 2012 por una reconocida red de hipermercados en la que se comparaban los precios de 500 productos de grandes marcas aplicadas en sus establecimientos y en ciertos establecimientos de la competencia -entre ellos los de los de la compañía de hipermercados francesa demandante-, y se ofrecía al consumidor devolverle la diferencia de precio duplicada si encontraba precios inferiores en otro establecimiento. El motivo de demanda radicaba en que todos los establecimientos seleccionados para la comparación eran supermercados, mientras que la empresa que emitió la campaña era un hipermercado. Esta información se concretaba exclusivamente en letra pequeña y poco visible.

La Cour d’Appel de Paris que conoció del litigio principal elevó una cuestión prejudicial ante el TJUE para que resolviera si dicha publicidad, que compara los precios de productos vendidos en establecimientos de distinto tamaños o formatos, es lícita conforme a lo dispuesto en la Directiva 2006/114/CE, de 12 de diciembre, sobre publicidad engañosa y publicidad comparativa.

En su Sentencia del pasado 8 de febrero, el TJUE recordó que toda publicidad comparativa "debe comparar los precios objetivamente" según la normativa europea de forma que la publicidad comparativa que omite o disimula una información sustancial para que el consumidor decida "con conocimiento de causa", u ofrece la información de forma "poco clara" o "ambigua", es engañosa.

Considera finalmente el TJUE que, en aplicación de la citada Directiva, es ilícita por engañosa la publicidad comparativa de precios de productos vendidos en establecimientos de tamaños o formatos diferentes, en tanto la objetividad de la comparación puede verse falseada si la publicidad no menciona correctamente dichas diferencias de los establecimientos cuyos precios son objeto de comparación.

Cristina Olesti y Jean-Yves Teindas

Fuente: Cuatrecasas, Gonçalves Pereira

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