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Una nueva sentencia del Tribunal Supremo dictada el 4 de marzo de 2020 pone una nueva traba para los bancos y sus controvertidas tarjetas de crédito de la modalidad conocida como "Revolving". Dichas tarjetas ya habían sufrido varapalos judiciales en el pasado, al ser considerado el interés que aplican como de usura; y dejando nulo el contrato celebrado.

En esta ocasión la sentencia valora que las clausulas de los contratos revolving no cumplen el doble control de transparencia, por lo que dichas clausulas son nulas y se tienen por no puestas, posibilitando a los clientes reclamar todo lo pagado de más a su banco.

El departamento de derecho bancario de Euroforo Arasa de Miquel ofrece su asistencia a todos aquellos clientes que puedan haberse visto perjudicados por la modalidad Revolving de tarjeta de credito e invita a que nos contacten para estudiar la viabilidad de iniciar una reclamación contra el banco emisor de la misma.

Enlace a la sentencia completa:

http://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/41fa53d36b3d0e98/20200305