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La aprobación del Real Decreto-ley 5/2015 en abril de 2015 trajo cierta paz al sector, al regular la venta conjunta de derechos audiovisuales del fútbol. Así lo hemos venido contando en anteriores entradas de nuestro blog (novedades en la venta centralizada de derechos del fútbol y la CNMC publica sus recomendaciones sobre derechos audiovisuales del fútbol).

El Real Decreto-ley 5/2015 establecía en primer lugar la obligación de los clubes de fútbol profesionales de ceder las facultades de comercialización conjunta de los derechos audiovisuales de retransmisión a la Liga Nacional de Fútbol Profesional y a la Real Federación Española de Fútbol. Esta obligación conllevaba también un nuevo sistema de reparto de los ingresos con criterios correctores que limitaban –o al menos lo intentaban- las diferencias entre los clubes.

Adicionalmente, se establecía que cada club asumía una serie de contribuciones obligatorias para la promoción de la competición profesional y del fútbol aficionado, así como para las asociaciones de futbolistas, árbitros, entrenadores y preparadores físicos, si bien la citada norma no regulaba el detalle de cómo realizar dichas contribuciones.

Continua ahora el desarrollo de esta última cuestión con la aprobación el pasado 12 de enero del Real Decreto 2/2018, por el que se dictan determinadas normas de desarrollo del Real Decreto-ley 5/2015. Fundamentalmente, regula la contribución a la promoción del deporte de los clubes y entidades afiliadas a la Liga mediante la aportación de un porcentaje de los ingresos derivados de la explotación de los derechos audiovisuales. Se fija en un 3,5% la contribución al Fondo de Compensación (destinándose un 90% del mismo a los clubes que desciendan de Primera a Segunda y el resto a los que desciendan de Segunda División).

También regula la contribución al desarrollo del fútbol aficionado, obligando a los clubes a destinar el 1% de los ingresos audiovisuales a tal efecto. Por otra parte, se prevé una aportación de hasta un 1% al Consejo Superior de Deportes -destinada a la protección social de los deportistas de alto nivel y a financiar ayudas a deportistas que participen en competiciones internacionales- y otra aportación de un 0,5% para la protección social en el fútbol femenino y en la Segunda División B, así como para financiar el asociacionismo en el fútbol.

Autor: Jorge Monclús

Fuente: Cuatrecasas

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