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Mediante la presente Nota le recordamos las principales obligaciones tributarias que deben seratendidas durante los meses de enero y febrero del año 2016.

Como  es  sabido,  durante  este  mes  de  enero  se  presentan  las  autoliquidaciones correspondientes al cuarto trimestre del año 2015 o al mes de diciembre de 2015 de los modelos del Impuesto sobre el Valor Añadido (en adelante IVA), del Impuesto sobre la Renta de las Personas (en adelante IRPF) y otras retenciones. Pero, además, al ser cierre del ejercicio fiscal 2015 habrá que añadir a las obligaciones trimestrales o mensuales la presentación de las declaraciones informativas (modelos resúmenes anuales) que servirán a la Agencia Tributaria de base para la elaboración de los borradores de IRPF y para las posibles comprobaciones de IVA.

Respecto a las declaraciones informativas, las principales novedades afectan a las siguientes declaraciones:

Modelo 184 “Declaración informativa de Entidades en régimen de atribución de rentas”:

  1. Se incorporan a la base imponible del ahorro del Impuesto sobre la Renta de las Personas  Físicas  las  ganancias  y  pérdidas  patrimoniales  que  deriven  de  la transmisión de elementos patrimoniales con independencia del plazo de permanencia de los mismos en el patrimonio del contribuyente, eliminándose el distinto tratamiento fiscal existente hasta el momento.
  2. Se establece la obligación por parte de la entidad en régimen de atribución de rentas de incorporar al modelo 184 la referencia catastral de los inmuebles generadores de rendimientos de capital inmobiliario.
  3. Se desglosan con mayor detalle los gastos soportados por las entidades en régimen de atribución de rentas que llevan a cabo actividades económicas, acercándolo al definido en la autoliquidación del IRPF (gastos de personal, adquisiciones a terceros de bienes y servicios, tributos y gastos financieros deducibles y otros gastos deducibles)

Modelo 190 “Resumen Anual de Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF”:

  • Se introducen nuevas claves y subclaves con una finalidad aclaratoria. En concreto, las   retribuciones   del   trabajo   en   especie   que   tengan   la   consideración   de retribuciones exentas se incluirán en la subclave correspondiente de la Clave L (rentas exentas). También se modifica por razones de mejora técnica la descripción administradores y de actividades económicas, respectivamente.

Modelo 390 “Resumen Anual del I.V.A”:

  • Se modifica el modelo para adaptar su contenido a las modificaciones previas llevadas a cabo en las declaraciones-liquidaciones periódicas cuya información resume, añadiendo para ello cuatro nuevas casillas para consignar:
    • Las cuotas regularizadas de acuerdo con el artículo 80.Cinco.5ª de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido.
    • Las cuotas de IVA a la importación liquidadas por la Aduana e ingresadas a través de las autoliquidaciones mensuales del impuesto.
  • Las autoliquidaciones y declaraciones que, en su caso, procede efectuar durante estos meses de enero y febrero atendiendo al vencimiento de su plazo de presentación son:

Hasta el día 20 de enero, plazo para la presentación del:

  • Cuarto trimestre 2015 o Diciembre 2015 de retenciones de trabajadores y profesionales (modelo 111), retenciones de arrendamiento de inmuebles (modelo 115), retenciones de no residentes (modelo 117), retenciones de determinados rendimientos del capital mobiliario (modelo 123), y otras retenciones recogidas en los modelos 124, 126 y 128.
  • Gravamen especial sobre los premios de loterías y apuestas (modelo 136).
  • Comunicación de incorporaciones en el mes de diciembre al régimen especial del grupo de entidades (modelo 039) y cuarto trimestre de IVA de los servicios prestados por vía electrónica (modelo 367).
  • Impuesto sobre primas de seguros, impuestos especiales de fabricación, impuestos medioambientales e impuesto sobre el carbón.

Hasta  el  día  1  de  febrero,  procede  la  presentación  de  las  siguientes  declaraciones periódicas:

  • Cuarto  trimestre  de  2015  de  los  pagos  fraccionados  de  Renta  (modelo  130,  para estimación directa y modelo 131, para estimación objetiva)
  • Cuarto  trimestre  de  2015:  Autoliquidación  de  IVA  (modelo  303),  declaración  no periódica (modelo 309), declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (cuatro trimestre o año 2015, modelo 349), operaciones asimiladas a importaciones (modelo 380).
  • Diciembre de 2015: Autoliquidación de IVA (modelo 303); Grupo de entidades (modelo individual 322), declaración de operaciones incluidas en los libros registro de IVA e IGIC y otras operaciones (modelo 340), declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (modelo 349), Grupo de entidades (modelo agregado 353) y operaciones asimiladas a las importaciones (diciembre 2015 o año 2015, modelo 380).
  • Resumen anual de IVA (modelo 390).
  • Solicitud de devolución recargo de equivalencia y sujetos pasivos ocasionales (modelo
  • 308).
  • Reintegro de compensaciones en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca (modelo 341).
  • Opción o revocación de la aplicación prorrata especial para 2016 y siguientes, si se inicio la actividad en el último trimestre de 2015 (modelo 036 / 037)

Hasta el 1 de febrero, fine plazo para presentar las declaraciones informativas siguientes:

  • Resumen  anual  de  retenciones  e  ingresos  a  cuenta  de  rendimientos  del  trabajo  y actividades económicas (modelo 190), rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos (modelo 180), capital mobiliario (modelo 193), premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta (modelo 188), personas autorizadas, saldos en cuentas (modelo 196) y ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva (modelo 194).
  • También hasta el día 1 de febrero se presentarán las declaraciones informativas de certificaciones  emitidas  a  los  socios  o  partícipes  de  entidades  de  nueva  creación (modelo 165); donativos y aportaciones recibidas y disposiciones realizadas (modelo 182); declaración informativa de préstamos y créditos y otras operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles (modelo 181), además de otras declaraciones relacionados Instituciones de Inversión Colectiva y con activos financieros e (modelos 187, 192 y 198).

Y, por último, hasta el 29 de febrero procede la presentación de:

  • La  declaración  informativa anual  de  entidades  en  régimen  de atribución  de rentas (modelo 184);
  • La declaración anual de operaciones con terceras personas (modelo 347); y
  • La presentación de la opción/renuncia para el cálculo de los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades sobre la parte de la base imponible del período de los tres, nueve u once meses de cada año natural: modelo 036.

Asimismo recordarle que el plazo para efectuar la presentación de las autoliquidaciones correspondientes al último periodo del ejercicio 2015 mediante domiciliación bancaria varía atendiendo al plazo que fine la presentación de la misma, es decir:

  • Hasta el día 15 de enero para las autoliquidaciones cuyo plazo de presentación fine el día 20 de enero; y
  • Hasta el día 25 de enero las autoliquidaciones que el día 1 de febrero.

Quedamos como siempre a su disposición para la elaboración de las citadas autoliquidaciones y declaraciones informativas, así como para resolver cualquier consulta o aclaración que precise.