Hoy se ha publicado una norma que considera como accidente de trabajo los períodos de aislamiento o contagio por el coronavirus.
El coronavirus se ha convertido en un tema recurrente y en materia laboral se están planteando algunas dudas. Una de ellas era determinar en qué situación se encuentran las personas trabajadoras contagiadas por el virus, o las que deban permanecer en aislamiento (en sus domicilios sin trabajar).
Pues bien, una norma que se ha publicado en fecha de hoy ha aclarado esta cuestión. En concreto:
La prestación de IT derivada de accidente de trabajo es de un 75% de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja. En estos casos, la empresa no debe hacerse cargo de la prestación, aunque sí que asume el sueldo del día de la baja.
Pulse aquí para obtener la norma comentada.
Directorio de profesionales
¡Suscríbase a nuestro newsletter para estar al día con las últimas noticias y ofertas!
2024 © Togas.biz - Newco Professional SL. Todos los derechos reservados. Terminos y Condiciones | Política de Privacidad
Actualidad
Directorio
Provincias