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Como suele ser frecuente, el título del artículo reseñado no es del todo clarificador y resulta necesario adentrarse en él o buscar otras informaciones paralelas y qué mejor, en este caso, que acudir al comunicado oficial de la propia Piaggio para conocer los detalles, o al menos los que le interesan a Piaggio…

De este comunicado podemos deducir que se trata de sendos procedimientos por infracción de Patente Europea en Italia y Francia, en los que, en ambos casos, se da la razón a Piaggio en primera instancia porque, al parecer, Peugeot estaría utilizando tecnología patentada por Piaggio y relacionada con el funcionamiento de las motos de tres ruedas para que su conducción sea similar a la de dos ruedas.

También por noticias de prensa hemos podido conocer la esperable decisión de Peugeot de recurrir ambas sentencias y defender que su motocicleta no infringe las Patentes de Piaggio.

No disponemos de la información suficiente ni tampoco es nuestra intención dar nuestra opinión sobre si existe o no infracción pero sí creemos que esta noticia puede ser una buena “excusa” para reflexionar un poco sobre la protección de la innovación.

Así, podemos ver que la presunta “copia” a la que se refiere el primero de los artículos no estaría relacionada con el diseño del vehículo, que probablemente y a primera vista sería lo que más llamaría la atención, sino con la tecnología en él implementada y en la que Piaggio lleva trabajando décadas, pues al menos desde el año 2000 se pueden localizar patentes de esta compañía relacionadas con motocicletas con 2 ruedas delanteras.

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Esto nos permite constatar cómo detrás de esta scooter, al igual que de muchos otros productos, existen no sólo meses sino años de investigación y desarrollo de nuevas soluciones. Esto significa que la protección de las innovaciones no es una cuestión que se improvise ni que se pueda siempre ejecutar de manera rápida y obtener unos resultados a corto plazo.

A ello debe sumarse que la protección de esa innovación requiere un considerable esfuerzo de recursos. Un claro ejemplo es que el titular de Patentes en varios países se encontrará con la necesidad de tener que acudir a Tribunales diferentes, con el evidente riesgo de resoluciones contradictorias, para defender “territorio a territorio” su inversión en innovación.

Y ese esfuerzo por proteger la innovación o la diferenciación no siempre es fructuoso. Así, recurriendo nuevamente a Piaggio, podemos ver como en otras ocasiones su pretensiones han sufrido alguna “derrota”, como en su intento de anular el registro de un diseño con algún parecido a la famosísima “Vespa” .

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Esta doble referencia no debe llevarnos a pensar que un tipo de protección (Patente-Diseño) es mejor que la otra, todo dependerá de lo que se persiga con esa protección y de cómo reaccionaran los competidores ante nuestra innovación. Y aquí es donde en ocasiones se encuentra el quid de la cuestión, en saber detectar no sólo dónde se halla el factor diferencial de nuestro producto o tecnología sino en “adivinar” por dónde pueden intentar los competidores esquivar su protección.

En esta “batalla” estos competidores tienen una ventaja clara, llegan después y por tanto pueden saber lo que ya hemos protegido, así que realizar ese esfuerzo de situarnos en la piel de los competidores puede ser esencial para que la inversión en protección sea eficaz.

Ya sabéis: “nadie dijo que fuera fácil” …

Jose Mora, Septiembre 2021

RMA, Romaní Martínez Alner