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Como todos los años por estas fechas se ha aprobado el Plan de Control Tributario. El de 2017 por Orden de 19 de enero de la Dirección de la AEAT.

Recoge las áreas de riesgo fiscal prioritarias y los criterios básicos de todas las actuaciones de comprobación e investigación que se desarrollarán sobre los obligados tributarios.

Como siempre estas directrices se agrupan en tres ejes: prevención, investigación y control; fraude en fase de recaudación; y colaboración con las Administraciones de las CCAA.

Lo más relevante, desde nuestro punto de vista, puede ser lo siguiente:

  • La explotación con herramientas informáticas específicas del gran volumen de información que la AEAT tiene ya y otra que va a conseguir por varios medios: acuerdo FATCA, del compromiso de intercambio de información a través del modelo CRS de la OCDE (ya 54 países), en el ámbito de la UE a través de DAC, mecanismo al que se incorporarán 47 jurisdicciones, del Suministro Inmediato de Información que se va a implantar, de los modelos presentados por los contribuyentes, de las declaraciones informativas como el modelo 720 y de las informaciones espontáneas que remiten algunos países.
  • Control de nuevos modelos de negocio con programas de captación de información en Internet (a la vez que se promete informar de la tributación de los mismos), control de importaciones relacionadas con el comercio electrónico y análisis de nuevos medios de pago. En este sentido parece que la AEAT va a intentar asegurarse que tributan las personas que ofrecen sus servicios a través de portales colaborativos o aquellas otras que intervienen en el marketing de afiliación.
  • Actuaciones relacionadas con la prestación de servicios profesionales con detección de signos externos de riqueza incongruentes con las declaraciones tributarias, mediante requerimientos de información a clientes, investigando la interposición de personas jurídicas o la indebida deducción de gastos personales.
  • Se va a seguir con entradas en sedes de negocio, con las unidades de auditoría informática, para controlar el fraude en determinados sectores en los que se detecte infradeclaración de ingresos, en algunos casos utilizando software de doble uso.

Jesús Rey Lavega

Fuente: Bufete DTR

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