Si en su empresa existen socios minoritarios, tenga previsto qué pasará si surge la oportunidad de venderla.
La existencia de socios minoritarios puede ser un inconveniente si en el futuro un tercer inversor se interesa por su empresa:
Para evitar estas situaciones, conviene que todos los socios firmen unos pactos parasociales (al margen de los estatutos de la sociedad) que contemplen los denominados “derecho de arrastre” (drag along) y “derecho de acompañamiento” (tag along).
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