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Actualmente existen dos Proyecto de Ley que se están tramitando en el Congreso de Diputados que introducen modificaciones relevantes en el ámbito fiscal:

  • El Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado 2021, prevista su aprobación en diciembre de 2020, con entrada en vigor el 01/01/2021 y;
  • El Proyecto de Ley de Medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, prevista su aprobación para enero/febrero 2020.

Únicamente pretendemos informar sobre las novedades más significativas, sin perjuicio de poderles atender personalmente en caso de que precisen una información más detallada o personalizada.

¡Repetimos que se trata de proyectos de Ley todavía no aprobados!

Impuesto sobre las personas físicas

Modificaciones que introduce el Proyecto de Ley de Medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal:

  • El adquirente de un bien a título gratuito por causa de muerte, a través de un contrato o pacto sucesorio, que transmita dicho bien antes del fallecimiento del causante de los bienes adquiridos se subrogará en la posición de este último, respecto del valor y la fecha de adquisición.
  • La obligación de suministrar información sobre los saldos que mantienen los titulares de monedas virtuales.

Modificaciones que introduce el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2021:

  • En las rentas superiores a los 300.000€ que forman parte de la Base liquidable general, se incrementa en 2 puntos el tipo aplicable, se pasa del 48% al 50% de gravamen.
  • Se incrementa en 3 puntos el tipo aplicable a partir de los 200.000€ de Base liquidable de ahorro, se pasa del 23% al 26% de gravamen (dividendos, intereses, ganancias patrimoniales…).
  • Se revisa el límite de las reducciones de la aportación a los planes de pensiones. En concreto, se reduce de 8.000 a 2.000 euros el importe de aportaciones máximas del partícipe a planes individuales o de empleo. No obstante, el límite conjunto de reducción (aportaciones del partícipe y de la empresa conjuntamente) se amplía de 8.000 euros a 10.000 euros.

***En Cataluña se ha aprobado mediante Decreto Ley una deducción autonómica en la declaración de renta, pensada para las personas que se han visto afectadas por el ERTE y como consecuencia al haber dos pagadores pasan a estar obligados a presentar declaración de renta.

No residentes

  • En la escala aplicable a los trabajadores desplazados se aumenta en 2 puntos el tipo de gravamen aplicable a la Base liquidable a partir de los 600.001€, se pasa del 45% al 47 % de gravamen.
  • En la base liquidable de ahorro a partir de 200.000€ (dividendos, intereses, ganancias patrimoniales…) se incrementa en 3 puntos el tipo aplicable, se pasa del 23% al 26% de gravamen.

Impuesto sobre sociedades

Impuesto sobre la Renta de No Residentes e Impuesto sobre Sociedades

Modificaciones que introduce el Proyecto de Ley de Medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal:

  • El Impuesto de salida o “exit tax”, tiene como función garantizar que, cuando un contribuyente traslade sus activos o su residencia fiscal fuera de la jurisdicción fiscal del Estado, dicho Estado grave el valor económico de la plusvalía creada en su territorio aun cuando la plusvalía en cuestión todavía no se haya realizado en el momento de la salida.

Nuestra ley sobre Impuesto sobre Sociedades ya tiene tratamiento fiscal en el caso de cambio de residencia, pero también se proceden a realizar modificaciones de cierta importancia. En concreto, para el supuesto de que el cambio de residencia se hubiera producido hacia otro Estado miembro de la Unión Europea, se establecía el aplazamiento del pago del impuesto de salida, a solicitud del contribuyente, hasta la fecha de la transmisión a terceros los elementos patrimoniales afectados. Sin embargo, se prevé el derecho del contribuyente a fraccionar el pago del impuesto de salida a lo largo de cinco años, cuando el cambio de residencia se efectúe a otro Estado Miembro o un tercer país que sea parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, estableciendo, asimismo determinadas normas complementarias para el caso de que se solicite ese fraccionamiento.

Se introduce un nuevo supuesto previsto de generación de “exit tax” para el caso de que se produzca un traslado, no de un elemento aislado sino de la actividad.

Modificaciones que introduce el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2021:

  • Se suprime la exención y eliminación de la doble imposición internacional en los dividendos o participaciones en beneficios y en las rentas derivadas de la transmisión de las participaciones en el capital o en los fondos propios de una entidad cuyo valor de adquisición sea superior a 20 millones de euros, con la finalidad de ceñir la aplicación de esas medidas a las situaciones en las que existe un porcentaje de participación significativo del 5%, sin embargo se recoge un régimen transitorio de aplicación de exención por un periodo de cinco años.
  • A su vez la exención que se aplica a la participación significativa del 5% se reducirá en un 5% en concepto de gastos de gestión.

SOCIMIS

El Gobierno ha anunciado que tiene intención de incluir medidas para reforzar el control de las SICAVs durante la tramitación de esta Ley. Estas medidas no se contemplan en el primer proyecto publicado en Cortes:

Se otorgará a la Inspección de la Agencia Tributaria la competencia para comprobar que estos instrumentos cumplen con los requisitos para constituirse en vehículos de inversión colectiva y no en una herramienta de planificación fiscal de grandes patrimonios familiares.

Asimismo, se impondrá en las SOCIMIS un gravamen del 15% a sus beneficios no distribuidos como dividendo a sus socios.

Impuesto sobre el patrimonio

Modificaciones que introduce el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2021:

  • Se contempla que el Impuesto sobre el Patrimonio tenga un carácter indefinido, de modo que no sea necesario prorrogarlo año tras año mediante una ley.
  • En la Base liquidable a partir de 10.695.996,96€ se incrementa en un punto el gravamen, que pasa del 2.5% al 3.5%, siempre que la Comunidad Autónoma no hubiese aprobado la escala correspondiente. En Cataluña en principio seguirá vigente el tipo impositivo de 2.75% aplicable a partir de 10.695.996,96€.

Impuesto sobre el valor añadido

Modificaciones que introduce el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2021:

  • En las bebidas que contengan edulcorantes añadidos, naturales y derivados, y/o aditivos edulcorantes se incrementa el tipo de gravamen del 10% al 21%. El incremento del gravamen solo afecta a la venta de estos productos en supermercados, pero la consumición en bares y restaurantes seguirá tributando al 10% para no perjudicar a la restauración.

Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados

Modificaciones que introduce el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2021:

  • Se actualiza en un 2% la escala de gravamen de los títulos y grandezas nobiliarios.

Modificaciones que introduce el Proyecto de Ley de Medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal:

  • Tanto en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados como en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto sobre el Patrimonio, se conceptúa como base imponible el valor de mercado del bien o derecho que se transmita o adquiera. Además, en aras de la seguridad jurídica, en el caso de bienes inmuebles, se establece que la base imponible es el valor de referencia previsto en el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.

Impuesto sobre las primas de seguros

Modificaciones que introduce el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2021:

  • Se aumenta en 2 puntos el tipo de gravamen sobre las primas de seguro, pasa de 6% al 8%.

Límite de pago en efectivo

Modificaciones que introduce el Proyecto de Ley de Medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal:

Se disminuye el límite general para los pagos en efectivo de 2.500€ a 1000€ cuando alguna de las partes actúa en calidad de empresario o profesional, si el pago se realiza entre dos personas físicas se mantiene el límite de 2.500€.

Interés del dinero

Modificaciones que introduce el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2021:

  • Queda establecido en el 3% el interés legal del dinero hasta el 31 de diciembre del año 2021.
  • El interés de demora respecto a los procedimientos tributarios se mantiene al 3.75%.

IPREM

Modificaciones que introduce el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2021:

Se determina el indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM) para 2021.

  1. IPREM diario: 18.83€
  2. IPREM mensual: 564.90€
  3. IPREM anual: 6.778.80€

NOTA: El Proyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal introduce una serie de modificaciones importantes en la Ley General Tributaria, que serán objeto de información en nuestro próximo artículo.

Para cualquier duda acerca de este artículo, puede utilizar el área de contacto de nuestra página web para dirigirse a nuestro equipo de abogados especialistas. Estaremos encantados de atender su consulta.

Cristina Burguera – abogada

Fuente: BDabogados

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