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QUÉ PASA CON EL SECRETO EMPRESARIAL EN UN JUICIO?

Este carácter secreto, esa necesidad de preservar la confidencialidad de la información y documentación, choca con otra necesidad: la de revelar información y compartir documentación, en caso de que haya un Juicio sobre ese secreto empresarial.

Necesaria aportación de pruebas del secreto empresarial

En España, es necesario aportar las pruebas documentales, al presentar la Demanda. Así lo establece el Art. 265 de la Ley de Enjuiciamiento Civil:

1. A toda demanda o contestación habrán de acompañarse:

· 1.º Los documentos en que las partes funden su derecho a la tutela judicial que pretenden.

Desarrolla lo anterior el Art. 269 de la Ley de Enjuiciamiento Civil:

1. Cuando con la Demanda, la Contestación o, en su caso, en la Audiencia Previa, no se presenta algún documento … dictamen e informe que han de aportarse en esos momentos … no podrá presentarse el documento posteriormente …

Por tanto, los documentos que prueben que ese know how existe y se ha mantenido secreto, se deben presentar, al iniciarse el Procedimiento, con la Demanda.

Sin embargo, los demandantes intentan aportar al Juzgado la mínima información y documentación posible, sobre su Secreto Empresarial. Precisamente, para que siga siendo secreto.

A su vez, el demandado necesita saber exactamente de qué se le acusa, en qué consisten esos secretos, que supuestamente ha infringido. En caso contrario, no podría defenderse.

Necesaria protección en juicio del Secreto Empresarial

El legislador ha sido consciente de este conflicto de intereses, en el Procedimiento judicial: protección del secreto empresarial del demandante; y garantía del derecho de defensa del demandado.

Por esta razón, tanto la Directiva de la Unión como la Ley española, contienen medidas de protección del secreto.

El Art.9 de la Directiva de Secretos Empresariales exige a los Estados miembros que:

1.- Garanticen que los intervinientes en un proceso judicial relativo a la obtención, utilización o revelación ilícitas de un secreto comercial, o que tenga acceso a documentos de dicho proceso, no estén autorizados a utilizar o revelar un secreto comercial … que las autoridades judiciales … hayan declarado confidencial y del que hayan tenido conocimiento a raíz de dicha intervención o dicho acceso …

2.- Velen por que las autoridades judiciales puedan tomar medidas … para preservar la confidencialidad de cualquier secreto comercial … utilizado o mencionado en un proceso judicial relativo a la obtención, utilización o revelación ilícitas de un secreto comercial

Las medidas … deben incluir, como mínimo:

– Restringir a un número limitado de personas el acceso a: cualquier documento que contenga secretos comerciales; y las vistas en que se puedan revelar secretos empresariales.

– Poner a disposición de los no incluidos en el limitado número de personas … una versión no confidencial de la resolución judicial que se dicte …

El propio artículo de la Directiva habla ya de la necesidad de:- Adoptar medidas de protección de la confidencialidad proporcionales; y – Garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva (del demandado).

En el mismo sentido, el Art. 15 de la Ley de Secretos Empresariales española: “Tratamiento de la información que pueda constituir secreto empresarial”. Contiene niveles de protección y exigencias iguales a las de la Directiva.

Fase de Escritos Iniciales

En el Procedimiento español, la Demanda inicial es el momento en que debe presentarse las pruebas del Secreto Empresarial. El Art. 265 de la L.E.C. así lo exige.

Existe el peligro de que el demandante intente presentar versiones demasiado vagas de sus secretos empresariales. Esto choca con el derecho del demandado a conocer exactamente de qué se le acusa: qué ha obtenido de forma ilícita.

Por tanto la defensa puede solicitar medidas para exigir al demandante que identifique sus secretos empresariales con precisión, a la vez que se protege su confidencialidad.

Es diferente exponer un secreto empresarial en una Demanda, de forma exhaustiva, que identificarlo con el suficiente detalle, para que la defensa pueda saber de qué secreto hablamos. Es importante explicar el secreto, para que se pueda diferenciar de los conocimientos generales, que tendría cualquier persona del sector.

Santiago Nadal

Necesaria distinción: Secreto Empresarial no es lo mismo que conocimientos técnicos del empleado

Los empleados que abandonan un trabajo, para irse a la competencia, necesariamente se llevan conocimientos y técnicas aprendidas en su empleo anterior.

En caso de Demanda, el antiguo empleado debe saber de qué se le acusa: qué conductas concretas suyas han infringido el Secreto Empresarial. Caso contrario el empleado nunca podrían trabajar en otra empresa, ante el peligro de que puedan ser acusados de apropiarse de Secretos Empresariales.

Por tanto la Demanda deberá probar los actos específicos de apropiación ilícita, mediante pruebas claras.