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El 26 de febrero entra en vigor el convenio fiscal, suscrito entre el Reino de España y el Principado de Andorra, para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal. Se trata de un convenio que sigue el modelo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), y abarca todos los impuestos directos sobre la renta, tanto para personas físicas como jurídicas.

Sobre el papel, nuestro país dejó de considerar a Andorra como paraíso fiscal a partir de la firma del acuerdo de intercambio de información en materia fiscal [PDF] (en vigor desde el 10 de febrero de 2011). Sin embargo, los recelos con el principado persistieron: no existía un documento en el que se estipulase, entre otros puntos, el tratamiento de dividendos, intereses, cánones y ganancias patrimoniales.

Con la entrada de este pacto fiscal, que fue aprobado en enero de 2015 en Andorra la Vella, se espera favorecer la inversión desde España. El tratado aporta seguridad jurídica a las inversiones exteriores, y mejorará el intercambio de información con trascendencia tributaria, incluida la bancaria, entre ambos países. De este modo, Andorra pasará a presentarse ahora como un “nuevo” país donde poder invertir tranquilamente y con todas las garantías.

Hacia una ‘limitada’ normalización de la hacienda andorrana

Andorra ha llevado a cabo un intenso proceso de normalización tributaria. Actualmente cuenta con legislación muy reciente en materia de Impuesto sobre Sociedades, Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre la Renta de los No Residentes, entre otros, con lo que ha querido armonizar su normativa fiscal a la del resto de Europa y demostrar su compromiso con los estándares marcados por la OCDE.

En 2013, Andorra firmó un Convenio para evitar la doble imposición con Francia, muy similar del firmado con España, y ha iniciado ya las negociaciones con Portugal, Bélgica y Austria entre otros. También ha suscrito acuerdos de intercambio de información en materia fiscal con países como Noruega, Dinamarca, Suecia, Finlandia, Países Bajos, Alemania, etc.

Con todo, Andorra no quiere desprenderse del todo de sus privilegios fiscales. Como ya lo hicieron tantos otros territorios, el principado pirenaico continúa beneficiarse del atractivo de tipos impositivos que en ningún caso superan el 10% (tanto para personas físicas como jurídicas). Además, sus normas prevén importantes exenciones sujetas al cumplimiento de determinados requisitos, que en el caso de sociedades que participan en el comercio internacional podrían suponer una reducción de hasta el 80% de la base de tributación.

Cristina García