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Con objeto de mejorar la efectividad y la eficiencia de las inspecciones en las fronteras exteriores, contribuir a prevenir y combatir la inmigración ilegal y alcanzar un elevado nivel de seguridad en el espacio de libertad, seguridad y justicia de la Unión, lo que incluye el mantenimiento de la seguridad pública y del orden público y la salvaguardia de la seguridad en el territorio de los Estados miembros, mejorar la aplicación de la política común de visados y prestar asistencia en el examen de las solicitudes de protección internacional y en la prevención, detección e investigación de los delitos de terrorismo u otros delitos graves, ayudar a identificar a las personas desconocidas que no puedan identificarse o los restos humanos sin identificar en caso de catástrofes naturales, accidentes o atentados terroristas, con el fin de mantener la confianza de los ciudadanos en la política de migración y el sistema de asilo de la Unión, en las medidas de seguridad de la Unión y en las capacidades de la Unión en materia de gestión de las fronteras exteriores, debe establecerse la interoperabilidad de los sistemas de información de la UE, es decir el Sistema de Entradas y Salidas (SES), el Sistema de Información de Visados (VIS), el Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (SEIAV), Eurodac, el Sistema de Información de Schengen (SIS), y el Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales de nacionales de terceros países (ECRIS-TCN), para que estos sistemas de información y sus datos se complementen mutuamente, respetando al mismo tiempo los derechos fundamentales de los individuos, especialmente el derecho a la protección de los datos personales. Para ello, deben crearse, como componentes de interoperabilidad, un portal europeo de búsqueda (PEB), un servicio de correspondencia biométrica compartido (SCB compartido), un registro común de datos de identidad (RCDI) y un detector de identidades múltiples (DIM).

=> (pdf) REGLAMENTO (UE) 2019/817 relativo al establecimiento de un marco para la interoperabilidad de los sistemas de información de la UE en el ámbito de las fronteras y los visados