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Si estás en trámite de renovación o de modificación de tu autorización de residencia o prorrogando tu autorización de estancia como estudiante sí podrás solicitar una autorización de regreso.

Dicho documento te permitirá regresar a España en el plazo máximo de 90 días desde su expedición. Pero si lo que tienes es la solicitud de tu primera autorización de residencia, por ejemplo, acabas de presentar tu solicitud de autorización de residencia por arraigo social y todavía no has acudido a la correspondiente Comisaría para que te expidan tu tarjeta de residencia dicha autorización de regreso no la podrás tramitar.

Además, has de tener en cuenta que este documento únicamente te permite regresar a España de manera directa no pudiendo hacer escala en ningún país del territorio Schengen.

Fuente: Antonio Segura Abogados & Gestores

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