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Los delitos leves –antiguas faltas antes de 2.015– se enjuiciarán por un proceso similar a las vistas de faltas. Se enjuiciarán según los artículos 962 a 977 de la LECrim, siendo competentes los Juzgados de Instrucción (guardia) –o los Juzgados de Violencia de Género.

Listado de delitos leves

Muchas faltas que existían en el Código Penal pasaron a ser multas administrativas, pero otras se convirtieron en delitos leves.

Veamos cuáles son a modo de resumen:

Art. 142.2 > homicidio por imprudencia menos grave: CASTIGO: multa de 3 a 18 meses.

Art. 147.2 > delito de lesiones de escasa gravedad, salvo en casos de victimas vulnerables: CASTIGO: multa de 1 a 3 meses.

Art. 147.3 > maltrato de obra, salvo en casos de victimas vulnerables: CASTIGO: multa de 1 a 2 meses.

Art. 152.2 > lesiones graves por imprudencia menos grave: CASTIGO: multa de 3 meses a 12 meses.

Art. 171.7 > amenazas leves: CASTIGO: multa de 1 a 3 meses.

Art. 171.7 párrafo 2º > amenazas leves en violencia doméstica y de género: CASTIGO: localización permanente de cinco a 30 días, siempre en domicilio diferente y alejado del de la víctima, o trabajos en beneficio de la comunidad de 5 a treinta días, o multa de 1 a 4 meses.

Art. 172.3 > coacciones leves: CASTIGO:multa de 1 a 3 meses.

Art. 172.3 párrafo 2º > coacciones leves en violencia doméstica y de género: CASTIGO: localización permanente de cinco a treinta días, siempre en domicilio diferente y alejado del de la víctima, o trabajos en beneficio de la comunidad de 5 a treinta días, o multa de 1 a 4 meses.

Art. 173.4 > injurias y vejaciones injustas; violencia de género y doméstica: CASTIGO: localización permanente de 5 a 30 días, siempre en domicilio diferente y alejado del de la víctima, o trabajos en beneficio de la comunidad de 5 a 30 días, o multa de 1 a 4meses.

Art. 203.2 –entrar o mantenerse en domicilio público, de escasa gravedad: CASTIGO: multa de 1 a 3meses.

Art. 234.2 > hurto menos de 400€: CASTIGO: multa de 1 a tres3 meses.

Art. 236.2 > hurto de cosa propia menos de 400€: CASTIGO: multa de 1 a 3 meses.

Art. 246.2 > alteración de lindes menos de 400 €: CASTIGO: multa de 1 a 3 meses.

Art. 247.2 > distracción de aguas menos de 400 €: CASTIGO: multa de 1 A 3 meses.

Art. 249 > estafa menos de 400 €: CASTIGO: multa de 1 a 3 meses.

Art. 252.2 > administración desleal menos de 400 €: CASTIGO: multa de 1 a 3 meses.

Art. 253.2 > apropiación de cosa perdida o abandonada menos de 400 €: CASTIGO: multa de 1 a 3 meses.

Art. 254.2 > apropiación de cosa recibida menos de 400 €: CASTIGO: multa de 1 a 2 meses.

Art. 255.2 > defraudación eléctrica menos de 400 €: CASTIGO: multa de 1 a 3 meses.

Art. 256.2 > defraudación en telecomunicaciones menos de 400 €: CASTIGO: multa de 1 a 3 meses.

Art. 263 > daños menos de 400 €: CASTIGO: multa de 1 a 3 meses.

Art. 270.2 párrafo 2º > delito contra la propiedad intelectual, de escasa gravedad: CASTIGO: multa de 1 a 6 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 60 días.

Art. 274.3 párrafo 2º > delito contra la propiedad industrial, de escasa gravedad: CASTIGO: multa de 1 a 6 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de31 a 60 días.

Art. 337.4 > maltrato de animales: CASTIGO: multa de 1 a 6 meses.

Art. 337.bis > abandono de animales: CASTIGO: multa de 1 a 6 meses.

Art. 386 > distribución de moneda falsa menos de 400 €: CASTIGO: multa de 1 a 3 meses.

Art. 389 > distribución de sellos o efectos timbrados menos de 400 €: CASTIGO: multa de 1 a 3 meses.

Art. 402.bis > uso de uniforme: CASTIGO: multa de 1 a 3 meses.

Art. 556 párrafo 2º > falta de respeto y consideración a la autoridad en el ejercicio de sus funciones: CASTIGO: multa de 1 a 3 meses.

Fuente: JR Abogados

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