Para saber quién debe responder de los actos de un hijo menor si los padres están separados hay que diferenciar de si la responsabilidad deriva de un hecho penal o civil. Mientras que la responsabilidad de un hecho penal recae de forma solidaria sobre los dos progenitores estén o no separados, la responsabilidad de un hecho civil recae sobre el progenitor que ostenta la guarda en el momento de los hechos.
Esto quiere decir, a modo de ejemplo, que, si el menor viaja sin billete válido en el transporte público y de ello deriva una multa, deberá responder de ella quién estuviera bajo el cuidado del menor en el momento de cometer la infracción.
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