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Se ha publicado el Real Decreto Ley 6/2020 de obligado cumplimiento que, en materia de relaciones laborales establece lo siguiente:

Con carácter excepcional, se considerará como situación asimilada a accidente de trabajo, y exclusivamente para la prestación económica de IT, los períodos de aislamiento o contagio de personas trabajadoras provocados por el viurs Covid-19.

La determinación de esta contingencia vendrá por la emisión del parte oficial de baja por aislamiento, siendo la fecha de efectos la del acuerdo del aislamiento o la enfermedad de la persona trabajadora, aunque el parte se expida con posterioridad.

Pueden consultar la guía elaborada por el Ministerio de Trabajo para la actuación en el ámbito laboral en relación al Coronavirus en el siguiente link.

A su disposición la guía del Consell de Relacions Laborals en Cataluña, que contienen información útil para la actuación y prevención. Pueden consultarla en el siguiente link.